

Aquellos que han perdido el trabajo de forma temporal, también se pueden beneficiar de dicha prestación; así como aquellos que vean su jornada reducida en al menos una tercera parte, con la consiguiente reducción de la parte proporcional del salario.
Tanto la pérdida de trabajo temporal, como la reducción de jornada, se presentan por un Expediente de Regulación de Empleo -ERE-, a causa de una caída en la producción. Por ello los empleados dejan de trabajar unos días al año, reduciendo la jornada laboral y el salario y cobrando dicha parte del paro.
Los requisitos que son necesario para poder ser beneficiario de dicha prestación de desempleo son:
- Estar afiliado y en situación de alta a la Seguridad Social.
- Encontrarse en situación de desempleo.
- Haber cotizado a la Seguridad Social, al menos doce meses.
- No haber cumplido la edad de jubilación.
Los trámites que se deben de seguir para poder cobrar la prestación son los siguientes:
- Acudir a la Oficina de Empleo de tu localidad, durante los quince días hábiles , inmediatamente posteriores al despido o la finalización del contrato, con la siguiente documentación:
- Solicitud con los datos personales.
- DNI original.
- Impreso de domiciliación bancaria.
- Impreso de hacienda con los datos personales, par aplicar la retención del IRPF.
- Compromiso de actividad, por el cual te comprometes a realizar búsqueda de trabajo activa.
- Presentación o autorización para consultar datos fiscales.
- Certificado de empresa de los últimos 180 días de la empresa o empresas en que se haya trabajado.
- TC 2 de los últimos 180 días cotizados.
- Carta de despido o finalización de contrato.
- Últimas nóminas y contrato de los 180 últimos días cotizados.
Fuente Imagen ThinkStock.