Cómo funciona el procedimiento de desahucio

¿Quieres saber cómo funciona el procedimiento de desahucio?, dicho procedimiento, que incluye la Ley sobre Medidas de Agilización Personal, modifica la Ley de Enjuiciamiento Civil,  en lo que se refiere al desahucio por falta de pago y que hasta ahora se tramitaba como un juicio verbal.

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lunes, 11 agosto, 2014
cómo funciona el procedimiento de desahucio



Anteriormente a la modificación de la Ley y  ante el impago de la renta se presentaba una demanda de desahucio por impago, y el Juzgado dictaba un decreto que justifica la demanda, señalando día y hora para el juicio, así como día y hora para el lanzamiento forzoso del desahucio.

Cómo funcionaba el procedimiento de desahucio 

Para saber cómo funcionaba el procedimiento de desahucio, has de tener en cuenta que el decreto y una copia de la demanda le eran notificados al demandado, quien debía contestar en la vista de juicio, de esta manera si el inquilino no había satisfecho todo lo adeudado hasta el momento del juicio, este se celebraría confirmando o modificando las cantidades adeudadas y, si el demandado no comparecía, se declaraba el desahucio.

La sentencia se dictaba en los cinco días siguientes a la celebración del juicio y ésta se ejecutaba solicitando el lanzamiento en la fecha prevista, mediante una comisión del Juzgado que acudía al domicilio que debe ser desalojado y levantando un acta de los desperfectos del inmueble,  y dictando las rentas que se adeudaban hasta ese momento.

Cómo se tramita el procedimiento desahucio

Actualmente, para saber cómo se tramita el procedimiento de desahucio por falta de pago has de recordar que se recurre al llamado proceso monitorio, que se supone que debe de ser más breve, donde se presentará una demanda de desahucio ente el Juzgado y éste dictará un decreto admitiendo la demanda y señalando día y hora para el juicio, y día y hora para el lanzamiento forzoso de desahucio.

procedimiento de desahucio



Hasta aquí funcionaba igual que antes de la modificación de la Ley, pero cambia en el sentido de que el Juzgado requerirá al demandado para que en el plazo de 10 días, pague lo que debe hasta el momento,  desaloje el inmueble o se oponga por no estar conforme, así como notificándole la fecha prevista del juicio y del lanzamiento.

Si el demandado se opone, se celebrará la vista del mencionado juicio, si paga, se impide el desahucio, pero si existe negativa en todos los sentidos del demandado, se procederá al desalojo forzoso y sin celebrar la vista de juicio.

¿Vosotros sabíais cómo funciona el procedimiento de desahucio?

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