Seguro de impago de alquiler en viviendas

Si eres propietario de una vivienda y has decidido alquilarla, es importante que tengas bien cubiertas las espaldas de cara a posibles impagos.

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alespaes
jueves, 8 diciembre, 2011

Para ello, una buena opción es que contrates un seguro de impago del alquiler, ya que con este tipo de seguros estarás mucho más tranquilo en caso de que tus inquilinos no cumplan con lo pagos.

El cajón rojo

¿Cómo funciona un seguro por impago de alquiler?

Si contrata este tipo de seguro como propietario, recibirá el importe del alquiler,  aunque el inquilino deje de pagarle.

Además,  con este tipo de seguro por impago de alquiler, tiene a su disposición un servicio de asistencia legal que le permitirá poder recuperar su vivienda con la mayor brevedad. También le proporcionará la defensa jurídica necesaria en caso de juicios por desahucio.

Además,  este tipo de seguro cubre los daños y desperfectos que el inquilino moroso pueda llevar a cabo en su vivienda antes de abandonarla.

Ese tipo de seguros se oferta por algunas compañías aseguradoras en la actualidad y es importante hacer una comparativa de las diferentes opciones.

En la mayoría de los casos,  existe un límite de pago mensual por impago de alquiler, aunque suele ser bastante alto por lo que no es dificil encontrar uno que se ajuste a nuestras necesidades.

A la hora de contratar este tipo de seguro debe tener en cuenta si existe periodo de carencia. Normalmente,  casi todos suelen incluir esta etapa, pero lo importante es ver cuánto tiempo.

Consulte también si tienen franquicia, la cual  suele ser siempre de una mensualidad.

Si va a contratar este tipo de seguro,  debe saber que normalmente la tarifa es anual y suele calcularse en función de un porcentaje sobre el importe del alquiler, entre un 3% y un 5%.

Suelen estar excluidos los subarriendos y los alquileres temporales.

En el caso de inquilinos que no tengan una nómina mensual, se exigen condiciones particulares para contratar este tipo de seguros.

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2 comentarios en «Seguro de impago de alquiler en viviendas»

  1. Hola. Es importante que se sepa que el Seguro sólo cubrirá un porcentaje de los ingresos del inquilino a quien sea dueño del piso. Es decir, si el inquilino gana 1000 euros, el seguro, por ejemplo, puede cubrir hasta un porcentaje de ese importe a cuenta de la cuota. Si es de un 35%, sólo pagará 350 euros al dueño del piso

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