
Uso de las tarjetas bancarias en el extranjero.
Antes de desplazarte fuera del país es conveniente que te informes de si tu tarjeta de crédito es operativa en el lugar de destino. El uso de la misma fuera de nuestras fronteras puede suponer un coste que debe figurar en el contrato y también puede provocar un gasto extra por las comisiones aplicadas, estas deben estar publicadas en el Banco de España.
Necesitas contactar con la agencia de viajes.
Si una vez has llegado al lugar de destino elegido para pasar tus vacaciones y necesitas contactar con la agencia de viajes, estas están obligadas por ley a facilitar al consumidor un teléfono de información y atención al cliente nacional e internacional para poder contactar con ellas en todo momento.
Alquilas un vehículo y se avería.
La empresa de alquiler está obligada, además de prestarte el servicio de reparación a reembolsarte la totalidad o parte de tu dinero en función de los perjuicios causados por dicha avería.
Uso de Internet móvil en el extranjero.
En los estados miembros de la Unión Europea, la normativa comunitaria establece que el servicio de acceso a Internet móvil se cortará de forma automática en cuanto el consumo llegue a 50 euros, para evitar facturas elevadas. Si la usas fuera de la Unión europea, las tarifas de las compañías pueden suponerte una factura de muchos euros. Si no estás informado de lo que te pueden cobrar es mejor no usarla.
Pago por suplementos que creías incluidos en el contrato.
La ley establece que en toda información que se facilite al consumidor sobre el coste de los servicios o bienes que se ofrezcan se dará el precio final completo. El contrato de viaje o el folleto informativo (considerado como parte del contrato) debe contener por escrito la información referente a los servicios incluidos en el coste.
Imagen sujeta a licencia CC de Daquella manera
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