En estos casos se está haciendo una doble aportación a la Seguridad Social, por un lado en el Régimen General y, por otro, en el Régimen autónomo. Para solucionar este doble pago y aliviar un poco la economía de los emprendedores en estas circunstancias, se ha previsto que los autónomos puedan solicitar la devolución de la cuotas. Aunque no se trata de una devolución completa, solo de una parte.


Para ello se deben cumplir algunos requisitos con respecto a la cantidad cotizada. Esta debe ser igual o mayor a 10.969,42 euros en todo caso. En este caso podrá solicitarse la devolución de un importe del 50% de las cuotas que se hayan ingresado.
El plazo para solicitar la devolución es en los cuatro primeros meses del año siguiente al de la cotización que queramos que se nos devuelva. Por lo tanto, el trabajador autónomo que quiera que se le devuelvan las cuotas del año 2011, deberán hacer la solicitud antes del 30 de abril de 2012. Si no se solicita dentro de este plazo se pierde el derecho a la devolución.
Esta medida es una buena noticia, ya que se estaba dando una situación de doble pago del todo injusta para los trabajadores autónomos. Con la devolución de un porcentaje de las cuotas se da un respiro a aquellos que están luchando por sacar a flote sus empresas o sus proyectos.
Lo ideal sería que en un futuro se puedan hacer estas aportaciones con el descuento ya aplicado, sin necesidad de que se deba solicitar la devolución del importe a posteriori.
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Y si se accede por oposicion o como va esto