

¿Qué es la carencia?
Periodo dentro de la vida de un préstamo durante el cual sólo se pagan intereses y no se amortiza capital. Se habla de carencia total para el periodo del préstamo en el que no se pagan ni intereses ni capital.
¿Cuál es el plazo habitual de carencia?
Los productos hipotecarios que contemplan esta posibilidad, generalmente, establecen un periodo de carencia que suele tener una duración de 2 años.
Durante el periodo de carencia la cuota será sensiblemente inferior a la cuota normal, ya que se estará aplazando la devolución del capital incluída en la cuota.
Periodo de carencia
La carencia de una hipoteca normalmente se sitúa al principio de la vida del préstamo hipotecario, con la finalidad de pagar menos al principio, justamente en la época más complicada y donde se hacen frente a más gastos.
Sin embargo, es posible trasladar el periodo de carencia a cualquier momento de la vida del préstamo hipotecario. Muchas entidades ofrecen la posibilidad de colocar el periodo de carencia a elección y necesidad del cliente, en el momento en que éste lo necesite.
¿Nos costará más este tipo de hipoteca?
Sí. Debemos saber, que los intereses que se pagarán al acceder a un periodo de carencia al comienzo de la vida del préstamo hipotecario, terminarán siendo más elevados que si comenzáramos a amortizar capital desde el principio del préstamo. Ya que éstos siempre devengan sobre el capital pendiente, que siempre será del 100%, hasta tanto no finalice el periodo de carencia.
¿Existe la carencia Total?
Sí existen las hipotecas con carencia total. O lo que es lo mismo, que durante el periodo que esté vigente el periodo de carencia (lo habitual son dos años máximo) no se pagarán ni intereses ni capital, haciéndose cargo del montante total de la operación al final del mismo. Las ofertas con este tipo de carencia son más bien escasas y dada la persistente crisis económica yo diría que prácticamente nulas.
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