Esta relación laboral quedá fijada para los trabajadoras que están empleadas en hogares familiares, por lo que verán una mejora en sus derechos.
1- El contrato podrá celebrarse por escrito o de palabra, pero de todas formas deberá quedar formalizado por escrito, y se dispone de un año para hacerlo.
2- Las contrataciones a tiempo completo son de 40 horas semanales y recibirán como mínimo el salario mínimo interprofesional, sin descuentos del salario en especie.
3- Las retribuciones en especie, como alojamiento o manutención, -se rebaja el limite máximo que la legislación establecía en el 45% del total de salario- se prevee que no podrán superar el 30% de las retribuciones totales, siempre que se garantice la percepción del salario mínimo interprofesional anual.
4- El incremento salarial anual será el que se pacte; en su defecto será el pactado por los convenios colectivos.
5- El trabajo por horas se retribuirá íntegramente en metálico, 5,02 €/hora en 2012, siempre y cuando se trabajen menos de 120 días al año.
6- La duración del tiempo de presencia o tiempo pactado que se ha de permanecer en casa, fuera del periodo de trabajo, seán retribuidas por una cuantía no inferior al de una hora de trabajo, y no podrán exceder de 20 horas a la semana, en un periodo de un mes.
7- Las vacaciones serán de 30 días, donde al menos 15 días deben de disfrutarse en periodo continuado.
8- Los periodos de descanso entre jornadas son de 12 horas y las trabajadoras internas podrá ser de 10 horas, compensando el resto en periodos de descanso adicionales. La trabajadora dispondrá de dos horas para las comidas principales, que no se computarán como de trabajo, y el descanso semanal será de 36 horas consecutivas.
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