¿Cuándo es nulo un testamento?

La nulidad testamental provocará que la herencia se quede sin un reparto estipulado por parte del fallecido. Analizamos cuáles son las causas que llevan a esta nulidad y cómo es posible impugnarlo llegado el caso.

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admin
viernes, 23 marzo, 2018
¿Cuándo es nulo un testamento?

Causas de la nulidad del testamento

Cuando la ley declara ineficaz un testamento debido a que no reúne los requisitos necesarios exigidos para su validez es cuando podemos hablar de nulidad. En los casos en los que la herencia queda sin reparto, heredarían aquellos contemplados por la Ley según el orden de sucesión hereditaria, siempre y cuando, el propietario de los bienes en cuestión aún no hubiese fallecido y redactase un nuevo testamento.

Se considera un testamento nulo cuando en su otorgamiento no hayan incurrido algunos de los requisitos esenciales para su validez. Algunos de estos casos son los siguientes:

-Por falta de capacidad del otorgante, debido a que es menor de catorce años (artículo 663-10 del código civil), un menor de edad si hablamos de un testamento ológrafo (artículo 668 del código civil), una persona que no se encuentra en su cabal juicio (artículo 663.2 del código civil) o un incapacitado cuya sentencia de incapacitación le prohíba testar (artículo 665). En estos casos, el Notario es el que jugará un papel esencial dado que será el que determine la capacidad de la persona para realizar el testamento.

-Como sucede con cualquier negocio jurídico, en el testamento es preciso que la voluntad se haya manifestado libremente, de ahí que el Código Civil establezca en el artículo 673 del código civil que "será nulo el testamento otorgado con violencia, dolor o fraude". La violencia a la que se hace referencia es tanto de tipo físico como intimidatorio.

-El testamento también podría ser nulo por el hecho de no haber observado las prescripciones legales . Según el artículo 743 se determina que los testamentos caducarán o terminarán siendo ineficaces en todo o en parte en aquellos casos que hayan sido previstos en este Código.

-También será nulo cuando no se hayan respetado los requisitos formales necesarios para su validez como, por ejemplo, es el caso de determinados derechos forales, donde se habla de la preterición intencional de un legitimario (Galicia) o la no institución de heredero (Cataluña). O, incluso, en el ológrafo donde está manuscrito todo el testamento y firmado por el testador con expresión del día, mes y año en el que se otorgue.

nulidad del testamento

-Por otro lado, también puede considerarse nulo cuando se ha otorgado en favor de una persona incierta y no identificada o si es otorgado por dos o más personas de manera conjunta o mancomunada, sin importar si va en beneficio de ambos o de una tercera persona. En estos casos, el testamento es unipersonal. No obstante, en algunas comunidades autónomas como es el caso de Galicia, Aragón, País Vasco o Navarra lo permiten

Impugnar un testamento

Para impugnar un testamento, has de tener en cuenta algunos de estos puntos fundamentales:

-Es preciso que reúnas toda la documentación y pruebas que sean necesarias porque es muy importante que te asegures de su validez. Así mismo, resulta conveniente sería importante contar con testigos que puedan ayudarte a probar tu argumento.

-Una persona debe tener bases para impugnar un testamento, lo que significa que habrá un interés financiero en el resultado, que no tiene que estar relacionado necesariamente con el dinero. Si deseas impugnarlo debe ser por una razón válida. En estos casos, la persona puede argumentar que el que hizo el testamento estuvo indebidamente coercionado o presionado al crear las disposiciones del testamento.

-Una vez hayas reunido la información necesaria, has de dirigirte al Juzgado de Primera Instancia del municipio donde falleció el testador y presenta tu queja a través de un formulario conocido como objeción. En este documento deberás de identificar a la persona acusada y explicar de manera pormenorizada los hechos del caso, de manera que al final de la objeción podrás solicitar una compensación al tribunal.

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-En cuanto al Juzgado de Primera Instancia resuelva si admite o no la demanda, se le comunicará a la otra parte la demanda y dispondrá de un total de 20 días para contestar. En esta respuesta, el demandado deberá de alegar las causas y las justificaciones que sean necesarias para dejar claro que el testamento no incurrirá en ninguna de las causas de impugnación.

-Cuando se haya contestado la demanda, se celebrará una audiencia previa al juicio en un plazo máximo de 20 días desde la respuesta a dicha demanda, momento en el que se buscará un acuerdo entre las partes para llegar a juicio. En el caso de que no se llegue a ningún acuerdo, se fijarán cuáles son los hechos y los argumentos en los que ambas partes están en desacuerdo y se deberán de presentar las pruebas que sean necesarias para determinar quién lleva la razón.

-Durante el juicio se presentará la prueba correspondiente como pueda ser, por ejemplo, la certificación forense de que el testador no estaba en condiciones psíquicas para modificar el testamento y la forma en la que se reparten los bienes de la herencia. Igualmente, se deberán de exponer las conclusiones definitivas de cada parte, haciendo especial hincapié en los argumentos que más le puedan favorecer. Posteriormente, se dictará sentencia, donde se determinará cuál de las dos partes tiene razón en sus pretensiones.

Plazo para impugnar un testamento

En lo que respecta a los plazos para impugnar un testamento, has de saber que su prescripción se produce a los quince años desde la fecha de fallecimiento del testador o desde el mismo instante en que el heredero recibió la copia autorizada del testamento que impugna.

Para más detalles acerca de la herencia y los testamentos, os proponemos leer nuestro artículo "Cómo gestionar una herencia"

¿Y vosotros?, ¿conocíais las causas de un testamento nulo?, ¿os habéis visto en la tesitura de tener que impugnar uno?

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