

El hecho de que el propietario de cada vivienda pague más o menos en determinados impuestos, dependerá del valor catastral de la vivienda.
Impuestos según el valor catastral de la vivienda
Estos son el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, Impuesto sobre la Renta de las personas físicas, Impuesto sobre el patrimonio, Impuesto sobre transmisiones patrimoniales, Plusvalía municipal y el Impuesto sobre sucesiones y donaciones, que se resumen a continuación.
Impuesto sobre Bienes Inmuebles -IBI-
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles -IBI-, es un tributo cuya base imponible se constituye por el valor catastral de los inmuebles, y su gestión se encuentra compartida entre la Dirección General del Catastro, que es el organismo que realiza la gestión catastral, y los Ayuntamientos, que realizan la gestión tributaria del Impuesto, que comprende la recaudación y liquidación del impuesto, así como la determinación del tipo de gravamen y de las exenciones y bonificaciones que se dispongan según la ley.
Impuesto sobre la Renta de las personas físicas -IRPF-
La vivienda habitual, no tendrá que pagar este impuesto, pero habrá que presentar todos los datos; en cambio será obligatorio declararlo si se trata de un piso alquilado o vacío y se pagará por él teniendo en cuenta el valor catastral.


Impuesto sobre el patrimonio
En este impuesto tributa el patrimonio de la persona física, como las viviendas, teniendo en cuenta a la hora de pagar cual es el mayor de los valores: el valor catastral, el comprobado por la administración o el valor de adquisición; en caso de que el valor catastral sea superior a los otros dos valores, será este el que determinará la base imponible de dicho impuesto.
Impuesto sobre transmisiones patrimoniales
En este caso tributan las transmisiones en las que hay que pagar un precio de los bienes inmuebles, siempre tomando como referencia el valor de mercado existente de dicho inmueble.
Plusvalía municipal
La plusvalía municipal, es el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos urbanos, cuya base imponible se calcula teniendo en cuenta el valor catastral del suelo; este impuesto tributa el incremento de valor que se produce en el suelo desde que se adquiere el inmueble hasta la fecha de transmisión, bien sea porque se ha vendido dicho inmueble, o bien porque se transmiten derechos constituidos sobre él.
Impuesto sobre sucesiones y donaciones
Este impuesto se ocupa de la transmisión de inmuebles, y cuyos bienes se deben valorar por el valor de mercado, pero sucede que como a veces el valor de mercado resulta indeterminado, se suele utilizar el valor mínimo de referencia que existe en cada comunidad autónoma.
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¿Qué os parece esta información sobre para qué sirve el valor catastral de tu vivienda a efectos fiscales?