El desempleo para autónomos puede ser solicitado por cese de actividad, bien definitiva o temporal, de autónomos dados de alta en el RETA -Régimen Especial de Trabajadores Autónomos- o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, así como en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
Los requisitos necesarios para cobrar el paro son los que se detallan a continuación:
– Estar dado de alta en cualquiera de los Regímenes citados anteriormente.
– Tener el periodo mínimo de cotización cubierto.
– Encontrarse en situación de cese de actividad.
– No haber alcanzado la edad ordinaria para la pensión de jubilación.
– Pago de las cuotas a la Seguridad Social al día.
– Deben de cumplirse las obligaciones y procedimientos, si se tienen empleados.
La duración de la prestación varía en función de lo cotizado.
Periodo cotización Periodo de protección
De 12 a 17 meses—————————————————-2 meses
De 18 a 23———————————————————— 3 meses
De 24 a 29————————————————————4 meses
De 30 a 35————————————————————5 meses
De 36 a 42————————————————————6 meses
De 43 a 47————————————————————8 meses
De 48 en adelante————————————————–12 meses
Para conocer la cuantía de la prestación, es el 70% de la media de las bases cotizadas.
Hay que conocer en qué situaciones legales existe cese de actividad:
Es inviable realizar una actividad profesional, ya sea por motivos económicos, técnicos, de producción u organización y por ellas se entienden:
– Pérdidas en el ejercicio del 30% de los ingresos o del 20% en dos años consecutivos.
– Deudas que sean un 40% de los ingresos.
– Declaración de concurso.
– Cese temporal o definitivo.
– Cese por violencia de género a la trabajadora autónoma
– Pérdida de licencia administrativa.
– Por extinción con el cliente, en autónomos dependientes.
– Divorcio entre las partes de la actividad económica.
– Fin de la duración.
– Extinción de la relación por causa justificada o injustificada del cliente.
– Incumplimiento del contrato por parte del cliente.
– Muerte o incapacidad del cliente.
Fuente Imagen ThinkStock.
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