Requisitos para cobrar el paro en los autónomos

30 marzo 2012 | Por gema

El desempleo para autónomos puede ser solicitado por cese de actividad, bien definitiva o temporal, de autónomos dados de alta en el RETA -Régimen Especial de Trabajadores Autónomos- o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, así como en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.

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Los requisitos necesarios para cobrar el paro son los que se detallan a continuación: - Estar dado de alta en cualquiera de los Regímenes citados anteriormente. - Tener el periodo mínimo de cotización cubierto. - Encontrarse en situación de cese de actividad. - No haber alcanzado la edad ordinaria para la pensión de jubilación. - Pago de las cuotas a la Seguridad Social al día. - Deben de cumplirse las  obligaciones y procedimientos, si se tienen empleados. La duración de la prestación varía en función de lo cotizado. Periodo cotización                                                          Periodo de protección De 12 a 17  meses----------------------------------------------------2 meses De 18 a 23------------------------------------------------------------ 3 meses De 24 a 29------------------------------------------------------------4 meses De 30 a 35------------------------------------------------------------5 meses De 36 a 42------------------------------------------------------------6 meses De 43 a 47------------------------------------------------------------8 meses De 48 en adelante--------------------------------------------------12 meses Para conocer la cuantía de la prestación, es el 70% de la media de las bases cotizadas. Hay que conocer en qué situaciones legales existe cese de actividad: Es inviable realizar una actividad profesional, ya sea por motivos económicos, técnicos, de producción u organización y por ellas se entienden: - Pérdidas en el ejercicio del 30% de los ingresos o del 20% en dos años consecutivos. - Deudas que sean un 40% de los ingresos. - Declaración de concurso. - Cese temporal o definitivo. - Cese por violencia de género a la trabajadora autónoma - Pérdida de licencia administrativa. - Por extinción con el cliente, en autónomos dependientes. - Divorcio entre las partes de la actividad económica. - Fin de la duración. - Extinción de la relación por causa justificada o injustificada del cliente. - Incumplimiento del contrato por parte del cliente. - Muerte o incapacidad del cliente. Fuente Imagen ThinkStock.

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