El abandono del hogar es una conducta que no se encuentra tipificada como un delito dentro del Código Penal. A pesar de esto, el incumplimiento de los deberes de tutela, asistencia o guarda familiar, así como el de asistencia necesaria para el sustento del cónyuge entre otras responsabilidades, si que son delito.
La importancia de ser o no ser matrimonio
Sin embargo, hay que tener en cuenta que cuando hay una separación entre ambos cónyuges, si no existe un divorcio de por medio, no se considera abandono del hogar, siempre y cuando se sigan pagando las obligaciones que hayan sido adquiridas a través de una resolución judicial.
El abandono del hogar es el mismo, independientemente de que se trate de un hombre o de una mujer, ya que las sanciones y el procedimiento, es el mismo. Por otro lado, cuando hay un abandono del hogar y no hay hijos de por medio, la resolución dependerá de la sentencia que haya dictaminado el juez.
Dependiendo de si existe separación o divorcio, el juez puede dictaminar la existencia de una pensión compensatoria, dependiendo de la situación y por cualquier razón. Además de esto, que no haya hijos, no quiere decir que no haya descendientes que si puedan ser objeto de dependencia, por lo que en este caso el abandono de hogar sería el mismo.
Si una de las partes afectadas, deja de pagar la pensión impuesta por el juez a la otra parte, estará cometiendo delito penal y por lo tanto, a través de una demanda, podrá obligársele a pagar dicha pensión compensatoria.
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