Prestación para el cuidado de menores con enfermedad grave

Aunque,  sin duda,  es una situación en la que nadie desearía permanecer, a veces nuestro hijos tienen problemas médicos de carácter grave. Este motivo desequilibra nuestros horario familiar y la economía de nuestro hogar.

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alespaes
martes, 29 noviembre, 2011
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Si te encuentras en situaciones  como ésta,  debes saber que tienes derecho a solicitar una reducción de jornada laboral y,  con ella,  una prestación económica.

Se podrá solicitar la reducción de la jornada de trabajo que lleven a cabo los progenitores, adoptantes y acogedores cuando ambos trabajen, para el cuidado de un menor a su cargo que esté afectado por un cáncer u otra enfermedad grave.

Esta situación deberá implicar un ingreso hospitalario de larga duración del menor en el que se necesiten constantes cuidados. También se añade al ingreso hospitalario el hecho de permanecer en casa continuando con el tratamiento médico.

La acreditación se debe realizar mediante un certificado expedido por el Servicio Público de Salud, aunque el menor esté siendo tratado por medios privados.

Podrán ser beneficiarios de la prestación los trabajadores( por cuenta ajena, por cuenta propia o asimilados, cualquiera que sea su sexo) que reduzcan su jornada de trabajo en, al menos, un 50 % de  duración, siempre que reúnan la condición general de estar afiliadas y en alta en algún régimen del sistema de la Seguridad Social y acrediten los períodos mínimos de cotización exigibles.

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Si ambos progenitores están en condiciones de solicitar este subsidio, solo se podrá aplicar a uno de ellos.

En el caso de padres divorciados legalmente o separados, se concederá al que se solicite de común acuerdo, y si este no existe a quien tenga la custodia del menor. En caso de custodia compartida se concederá a quien primero lo solicite.

Para obtener más información,  lo mejor es que se dirija a la mutua que se ocupe de los accidentes laborales de su empresa, la cual  se encargará de ampliar todos los datos, además del pago.

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