Los parados sin prestación desde enero podrán pedir los 420 euros

11 noviembre 2009 | Por enrique gonzalez

Aquellos parados que agotaron su prestación por desempleo entre el 1 de enero y el 1 de agosto de este año podrán empezar a solicitar las ayudas de los 420 euros mensuales, después de que el Senado aprobara recientemente la reforma de la norma que regula estas prestaciones.

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Aquellos parados que agotaron su prestación por desempleo entre el 1 de enero y el 1 de agosto de este año podrán empezar a solicitar las ayudas de los 420 euros mensuales, después de que el Senado aprobara recientemente la reforma de la norma que regula estas prestaciones.

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Jesús Membrado, el portavoz de Trabajo del PSOE en el Congreso, aseguró que esta prestación no está dirigida a los autónomos. Así, negó que se haya producido ningún acuerdo parlamentario para incluir a los autónomos en estas ayudas, tal y como se había publicado en algunos medios. De esta manera dijo que las ayudas están "limitadas a los trabajadores por cuenta ajena".

El portavoz, que en estos momentos se encuentra inmerso en la negociación sobre el proyecto de ley de medidas urgentes de fomento del empleo, ha afirmado que el único 'guiño' que su grupo parlamentario ha ofrecido a la oposición en relación a los autónomos es recoger explícitamente en dicha norma el compromiso suscrito en mayo por el Gobierno para permitir que los autónomos accedan a las prestaciones no contributivas que prestan las comunidades.

De esta manera el diputado socialista insistió en que "no se habló nada de los 420 euros", y recordó que el Senado aprobó ayer la reforma de estas ayudas sin modificación respecto a las introducidas en el trámite del Congreso de hace tres semanas. Entre esats modificaciones, destaca la posibilidad de que aquellos parados que vivan con sus padres puedan optar a las ayudas cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad familiar, incluida la del solicitante, dividida por el número de miembros que la componen, no supere el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), "excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias".

Igualmente, las resoluciones administrativas sobre la prestación y los pagos correspondientes se efectuarán en el menor plazo posible. Con este objeto, el Servicio Público de Empleo Estatal podrá establecer convenios con las CC. AA. para así poder llevar a cabo las actuaciones necesarias.

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