El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es la prestación asistencial más importante del sistema español de protección social: creada en 2020 durante la pandemia (RDL 20/2020) y consolidada como derecho subjetivo por la Ley 19/2021, protege económicamente a las unidades de convivencia en situación de vulnerabilidad. En 2026 se benefician aproximadamente 800.000 hogares (más de 2 millones de personas), con cuantías que van desde 604€/mes para 1 adulto hasta 1.400€+/mes para familias numerosas. Además, incluye el Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI): 100-115€/mes adicional por cada menor a cargo. Esta guía cubre todo en 2026: la cuantía según composición familiar, los requisitos (residencia 1 año, edad 23-65, umbrales de rentas y patrimonio), la definición de unidad de convivencia, cuándo y cómo se cobra (entre los días 10-15 del mes siguiente), la compatibilidad con trabajo, los motivos de suspensión y el procedimiento de solicitud.
Está pensada para dos perfiles: personas en situación de vulnerabilidad económica que necesitan saber si tienen derecho al IMV; y trabajadores con ingresos bajos que quieren complementar sus rentas.

Marco legal del Ingreso Mínimo Vital
Base normativa principal:
- Constitución Española: arts. 39 (protección familia) y 41 (SS).
- Real Decreto-Ley 20/2020: crea el IMV como respuesta a la pandemia.
- Ley 19/2021 del IMV: consolida como derecho subjetivo permanente.
- RD 799/2022: incluye Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI).
- Ley 12/2022: modifica aspectos operativos.
- Presupuestos Generales del Estado anuales: revalorizan cuantías.
Naturaleza jurídica:
- Prestación económica NO CONTRIBUTIVA.
- Derecho subjetivo: no discrecional.
- Financiada por Presupuestos del Estado.
- Compatible con trabajo con incentivos.
Objetivos (art. 1 Ley 19/2021):
- Combatir la pobreza severa.
- Garantizar un nivel mínimo de renta.
- Prevenir la exclusión social.
- Incentivar la inserción laboral.
- Ayudar específicamente a la infancia (CAPI).
Autoridad competente:
- INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social): gestión principal.
- ISM: para trabajadores del mar.
- Servicios Sociales autonómicos y municipales: apoyo y coordinación.
Qué es el IMV y a quién se dirige
Concepto:
El IMV es una prestación económica que garantiza un nivel mínimo de renta a las unidades de convivencia (personas solas o familias) que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica.
Función:
Prestación diferencial: es la DIFERENCIA entre:
- Ingresos actuales de la unidad de convivencia.
- Umbral garantizado según su composición.
Ejemplo:
- Umbral garantizado: 1.000€/mes (pareja + 1 hijo).
- Ingresos actuales de la UC: 400€/mes.
- IMV a percibir: 600€/mes.
Colectivos destinatarios:
Familias con bajos ingresos:
- Parejas con o sin hijos.
- Familias monoparentales (con complemento).
- Familias numerosas.
Personas solas:
- Con dificultades económicas.
- En riesgo de exclusión.
Situaciones específicas:
- Víctimas de trata: acceso facilitado.
- Víctimas de violencia de género: prioridad.
- Sin hogar empadronados.
- Refugiados con estatus.
No destinatarios:
- Personas con rentas superiores al umbral.
- Patrimonio excesivo.
- Sin residencia legal.
- No empadronados correctamente.
Datos 2026 (previsión):
- 800.000+ unidades de convivencia beneficiarias.
- 2 millones+ personas.
- Coste anual: 3.500-4.000 millones €.
- Cobertura: 15-20% de hogares en pobreza.
Cuantía 2026 según unidad de convivencia

Cuantías ANUALES 2026 (previsión, sobre base 2025):
| Composición UC | Anual | Mensual |
|---|---|---|
| 1 adulto | 7.500€ | 604€ |
| 1 adulto + 1 menor | 9.751€ | 813€ |
| 1 adulto + 2 menores | 12.001€ | 1.000€ |
| 1 adulto + 3 menores | 14.252€ | 1.192€ |
| 1 adulto + 4+ menores | 16.502€ | 1.383€ |
| Pareja sin hijos | 9.751€ | 813€ |
| Pareja + 1 hijo | 12.001€ | 1.000€ |
| Pareja + 2 hijos | 14.252€ | 1.192€ |
| Pareja + 3 hijos | 16.502€ | 1.383€ |
| Pareja + 4+ hijos | 18.753€ | 1.575€ |
| 3+ adultos | 12.001€ | 1.000€ (base) |
Complemento MONOPARENTAL:
- +22% adicional para unidades con solo un adulto y menores a cargo.
- Ejemplo: 1 adulto + 1 menor: 813€ + 22% = ~992€/mes.
Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI) (RD 799/2022):
- Menor 0-3 años: 115€/mes.
- Menor 3-6 años: 80,50€/mes.
- Menor 6-18 años: 57,50€/mes.
Ejemplo combinado con CAPI:
UC: 1 adulto + 2 hijos (1 de 2 años, 1 de 8 años):
- IMV base: 1.000€/mes.
- Complemento monoparental (22%): +220€.
- CAPI hijo 2 años: +115€.
- CAPI hijo 8 años: +57,50€.
- Total: ~1.392€/mes.
Revalorización 2026:
- Automática cada enero.
- Base: IPC del año anterior.
- Previsión 2026: +2,7-3%.
Cuantía en 12 pagas:
- IMV se paga en 12 mensualidades (no 14 como pensiones contributivas).
- Sin pagas extras.
Requisitos para acceder al IMV
Requisitos ACUMULATIVOS (Ley 19/2021 arts. 4-9):
1. Residencia legal en España
- Al menos 1 AÑO INMEDIATAMENTE ANTERIOR a la solicitud.
- Excepciones: víctimas de trata, violencia de género (sin plazo).
- Empadronamiento actualizado.
2. Edad
- Entre 23 y 65 años.
Excepciones:
- Emancipados menores 23 años: con cargas familiares (hijos, embarazadas).
- Mayores 65 sin pensión: acceso restringido.
- Víctimas de trata: sin límite de edad.
3. Solicitud formal
- NO es automática: hay que solicitarla.
- Modelo específico del INSS.
4. Ingresos por debajo del umbral
Ingresos computables:
- Rendimientos del trabajo.
- Rendimientos económicos.
- Prestaciones sociales (excepto algunas exentas).
- Rentas familiares.
Umbral aplicable: cuantía garantizada según composición UC.
5. Patrimonio por debajo del umbral
Umbrales de patrimonio 2026 (aproximados):
- 1 adulto: ~22.500€.
- 1 adulto + 1 menor: ~33.750€.
- Pareja: ~33.750€.
- Pareja + 2 hijos: ~54.000€.
Excluido del cómputo:
- Vivienda habitual.
- Vehículos de uso ordinario.
- Ajuar doméstico.
6. Inscripción como demandante de empleo
- Obligatoria para personas en edad laboral.
- Compromiso de aceptar cursos y ofertas.
Excepciones:
- Discapacidad ≥33%.
- Cuidadores no profesionales.
- Personas de +52 años en algunos casos.
7. Compromiso de inserción
- Itinerario de inserción laboral o social.
- Firmado con Servicios Sociales.
- Seguimiento periódico.
Situaciones que impiden el IMV:
- Vivienda de lujo o segunda residencia.
- Vehículos de gama alta.
- Ingresos ocultos o no declarados.
- Situaciones fraudulentas.
Unidad de convivencia: cómo se define
Concepto:
Grupo de personas que comparten domicilio y economía y que se computan conjuntamente para el IMV.
Composición típica:
Personas incluidas:
- Solicitante.
- Cónyuge o pareja de hecho registrada.
- Descendientes directos: hijos menores 26 años, hijos con discapacidad.
- Ascendientes: padres, abuelos convivientes.
- Hermanos con vinculación acreditada.
Personas excluidas:
- Inquilinos con contrato de arrendamiento.
- Empleados domésticos.
- Familiares en visita temporal.
- Personas hospedadas puntualmente.
Criterios de PERTENENCIA:
Empadronamiento CONJUNTO:
- Mismo domicilio en el padrón municipal.
- Antigüedad mínima: 6 meses.
Economía COMÚN:
- Gastos compartidos.
- Rentas puestas en común.
Vínculo FAMILIAR o AFECTIVO:
- Familiares hasta 2º grado.
- Parejas de hecho con inscripción.
- Personas con vínculo de dependencia.
Casos especiales:
Unidad de convivencia sin lazos familiares:
- Personas sin hogar que comparten techo.
- Con acreditación de convivencia estable.
Personas viviendo solas con hijos (monoparentalidad):
- Complemento del 22%.
- Cuantías incrementadas.
Familias reconstituidas:
- Hijos de anteriores relaciones.
- Nuevos convivientes.
Documentación para acreditar la UC:
- Certificado de EMPADRONAMIENTO conjunto.
- Libro de Familia.
- Documento de pareja de hecho.
- Declaración jurada de la composición.
- Justificantes de vivienda compartida.
Cambios en la UC:
Obligación de comunicar:
- Nuevos convivientes.
- Bajas (fallecimiento, mudanza).
- Cambios de estado civil.
Plazo: 30 días desde el cambio.
Sanción por incumplimiento: reintegro + posible sanción.
Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI)
Concepto (RD 799/2022):
Complemento del IMV específico para unidades de convivencia CON MENORES a cargo.
Requisitos:
- Beneficiario del IMV.
- Con menores de 18 años en la unidad de convivencia.
- A cargo económicamente del solicitante.
Cuantías 2026 por edad del menor:
| Edad del menor | Complemento/mes |
|---|---|
| 0-3 años | 115€ |
| 3-6 años | 80,50€ |
| 6-18 años | 57,50€ |
Cuantías ANUALES:
| Edad | Anual |
|---|---|
| 0-3 años | 1.380€ |
| 3-6 años | 966€ |
| 6-18 años | 690€ |
Aplicación:
- Se añade al IMV base.
- Por cada menor: cuantía específica según su edad.
- En 12 pagas: junto con el IMV.
Compatibilidad:
- Compatible con IMV base.
- Compatible con ayudas familiares autonómicas.
- Compatible con deducciones IRPF.
- Incompatible con la antigua prestación por hijo a cargo.
Ejemplo:
UC: pareja + 2 hijos (2 años y 10 años):
- IMV base: 1.192€/mes.
- CAPI hijo 2 años: 115€.
- CAPI hijo 10 años: 57,50€.
- Total: ~1.365€/mes.
Compatibilidad con OTRAS ayudas por hijo:
- Deducción IRPF por familia numerosa: 1.200€/año.
- Cheque bebé autonómico: variable.
- Ayudas al alquiler con hijos.
Cuándo se cobra el IMV y cómo consultarlo
Calendario de pago:
Regla general:
- ENTRE LOS DÍAS 10 Y 15 del mes SIGUIENTE al devengado.
Ejemplos concretos:
- IMV de julio 2026 → cobro 10-15 agosto 2026.
- IMV de diciembre 2026 → cobro 10-15 enero 2027.
Factores que pueden retrasar:
- Entidad bancaria: BBVA, Santander, CaixaBank pueden variar 1-2 días.
- Fin de semana: si el 10-15 cae en fin de semana, se paga el viernes o lunes.
- Festivos: se retrasa al siguiente día hábil.
Modalidad:
- 12 mensualidades (no 14 como pensiones contributivas).
- Sin pagas extras.
- Transferencia bancaria directa.
Cómo consultar el pago:
1. App «Tu Seguridad Social»
- Android e iOS: gratuita.
- Sección IMV: importe, próximo pago, historial.
- Necesita: Cl@ve, DNIe o certificado digital.
2. Sede electrónica del INSS
- sede.seg-social.gob.es.
- Sección «Consultas al IMV».
- Con certificado digital.
3. Teléfono IMV
- 900 20 22 22: gratuito.
- Horario: laborables 9-19h.
- Con identificación del solicitante.
4. Notificación postal
- Cartas certificadas al domicilio de empadronamiento.
- Con estado: alta, suspensión, denegación.
Motivos de retraso:
Externos al INSS:
- Cambios bancarios no comunicados.
- Cuenta bloqueada o inactiva.
- Titular incorrecto.
Del expediente:
- Documentación pendiente.
- Revisión en curso.
- Cambios no comunicados en la UC.
Cómo saber si me han SUSPENDIDO:
Motivos frecuentes:
- Superar el umbral de rentas.
- Cambios en la UC no comunicados.
- No presentar declaración anual.
- Salida al extranjero >90 días sin autorización.
- Fraude detectado.
Consulta:
- App «Tu Seguridad Social».
- Sede electrónica.
- Carta certificada con motivo.
Recursos:
- Reclamación previa: 30 días desde notificación.
- Recurso judicial: si desestimada.
Cómo solicitar el IMV paso a paso

Fase 1 · Verificar requisitos
Simulador oficial:
- Web del INSS: simulador de IMV.
- Datos: composición familiar, ingresos, patrimonio.
- Resultado: cuantía estimada y viabilidad.
Autoevaluación:
- Residencia legal ≥1 año.
- Edad 23-65.
- Ingresos por debajo del umbral.
- Patrimonio por debajo del límite.
Fase 2 · Reunir documentación
Documentos personales:
- DNI/NIE de todos los miembros de la UC.
- Libro de Familia o certificados de nacimiento.
- Certificado de matrimonio o pareja de hecho.
- Empadronamiento conjunto con antigüedad mínima 6 meses.
Documentos económicos:
- Declaración de IRPF del año anterior de todos los miembros.
- Nóminas de los últimos 3 meses.
- Certificados de otras prestaciones: paro, pensiones, etc.
- Documentación bancaria: extractos, ahorros.
- Certificados de patrimonio: propiedades, vehículos.
Documentos específicos:
- Certificados de discapacidad si aplica.
- Sentencias de divorcio o separación si aplica.
- Documentación de víctima de violencia si aplica.
Documentos administrativos:
- Formulario oficial IMV.
- Certificado de cuenta bancaria (donde cobrar).
Fase 3 · Solicitud
Vías:
Online (recomendado):
- Sede electrónica INSS: sede.seg-social.gob.es.
- Con Cl@ve, DNIe o certificado digital.
- Formulario específico IMV.
- Documentos digitalizados.
Presencial:
- CAISS con cita previa.
- Ayuntamiento (algunos actúan como colaboradores).
- Correo postal certificado.
A través de terceros:
- Servicios Sociales municipales: acompañamiento gratuito.
- ONGs autorizadas: Cruz Roja, Cáritas.
- Sindicatos con áreas de servicio social.
Fase 4 · Instrucción del expediente
Comprobaciones INSS:
- Cruce con AEAT (Hacienda): rentas.
- Cruce con Catastro: patrimonio inmobiliario.
- Cruce con DGT: vehículos.
- Cruce con SS: cotizaciones y prestaciones.
Plazo LEGAL: 6 meses máximo.
Plazo PRÁCTICO: 3-6 meses habitual.
Silencio administrativo: NEGATIVO.
Fase 5 · Resolución
Favorable:
- Notificación con cuantía y fecha de efectos.
- Retroactividad: desde el primer mes tras la solicitud.
- Primera nómina: en el mes siguiente.
Desfavorable:
- Motivación de la denegación.
- Recursos: reclamación previa 30 días.
Fase 6 · Obligaciones tras la concesión
Comunicar cambios en 30 días:
- Cambios en la unidad de convivencia.
- Nuevos ingresos.
- Cambios de domicilio.
- Cambios de estado civil.
Declaración anual:
- Antes del 30 de abril de cada año.
- Rentas del año anterior.
- Composición familiar actualizada.
Cumplimiento del itinerario:
- Cursos de inserción.
- Ofertas de empleo.
- Reuniones con trabajador social.
Cómo obtener ayuda profesional
Servicios Sociales municipales: acompañamiento gratuito en la solicitud.
CAISS del INSS: información oficial gratuita. Cita previa obligatoria.
Teléfono IMV: 900 20 22 22 (gratuito).
ONGs colaboradoras:
- Cruz Roja Española.
- Cáritas.
- Fundación Secretariado Gitano.
- CEAR: para refugiados.
- Provivienda.
Abogado especialista en SS: para recursos y casos complejos. Coste: 500-2.000€.
Graduado social: asesoramiento profesional. Coste: 300-1.500€.
Sindicatos: áreas de servicios sociales.
Servicios universitarios: clínicas jurídicas gratuitas.
Colegio de Abogados: turno de oficio si los ingresos son bajos.
Aplicaciones móviles:
- App «Tu Seguridad Social».
- App IMV.
Sedes autonómicas: para articulación con rentas mínimas.
Este contenido tiene fines informativos y no sustituye el asesoramiento personalizado. Para gestionar el IMV consulta con Servicios Sociales municipales o un asesor especializado. Última actualización: julio de 2026.
Preguntas frecuentes
Depende de la unidad de convivencia. Cuantías 2026: 1 adulto 604€/mes, 1 adulto + 1 menor 813€/mes, 1 adulto + 2 menores 1.000€/mes, pareja sin hijos 813€/mes, pareja + 1 hijo 1.000€/mes, pareja + 2 hijos 1.192€/mes. Las unidades monoparentales tienen un complemento adicional del 22%. El IMV es la diferencia entre los ingresos actuales de la unidad y el umbral garantizado.
Prestación económica estatal no contributiva, creada por el RDL 20/2020 y consolidada por la Ley 19/2021, gestionada por el INSS, que garantiza un nivel mínimo de renta a personas en situación de vulnerabilidad económica. Es compatible con el trabajo mediante incentivos al empleo, e incluye el Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI) por cada menor a cargo.
Se cobra mensualmente por transferencia bancaria entre los días 10 y 15 del mes siguiente al devengado (por ejemplo, el IMV de julio se cobra entre el 10 y el 15 de agosto). Se paga en 12 mensualidades, sin pagas extras. Si no llega, se puede consultar en la app «Tu Seguridad Social» o llamando al 900 20 22 22.
Entre el día 10 y el 15 del mes siguiente al correspondiente, variando ligeramente según la entidad bancaria, los festivos o los fines de semana. Se diferencia de las pensiones contributivas, que se pagan entre el 1 y el 4 del mes.
Se revaloriza cada enero conforme al IPC del año anterior, de forma automática. La previsión para 2026 es un incremento de aproximadamente el 2,7-3%, aplicable a todas las composiciones familiares, al complemento monoparental y al Complemento de Ayuda para la Infancia.
Se puede consultar en la app «Tu Seguridad Social», en la sede electrónica del INSS, por notificación postal certificada, o llamando al 900 20 22 22. Los motivos frecuentes de suspensión son no comunicar cambios, superar el umbral de rentas, no presentar la declaración anual antes del 30 de abril, o salir al extranjero más de 90 días sin autorización.
Residencia legal en España durante al menos 1 año, edad entre 23 y 65 años (con excepciones), solicitud formal, ingresos y patrimonio de la unidad de convivencia por debajo de los umbrales aplicables, inscripción como demandante de empleo, y compromiso de inserción laboral o social.
Sí, mediante incentivos al empleo que permiten una deducción gradual de los ingresos del trabajo sin perder el 100% del IMV de golpe. Es compatible con contratos temporales, indefinidos y autónomos, pero incompatible con pensiones contributivas, la RAI y otras rentas mínimas autonómicas en general.
