Ingreso Mínimo Vital (IMV) en España: guía completa

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Ingreso Mínimo Vital (IMV) en España: guía completa

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es la prestación asistencial más importante del sistema español de protección social: creada en 2020 durante la pandemia (RDL 20/2020) y consolidada como derecho subjetivo por la Ley 19/2021, protege económicamente a las unidades de convivencia en situación de vulnerabilidad. En 2026 se benefician aproximadamente 800.000 hogares (más de 2 millones de personas), con cuantías que van desde 604€/mes para 1 adulto hasta 1.400€+/mes para familias numerosas. Además, incluye el Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI): 100-115€/mes adicional por cada menor a cargo. Esta guía cubre todo en 2026: la cuantía según composición familiar, los requisitos (residencia 1 año, edad 23-65, umbrales de rentas y patrimonio), la definición de unidad de convivencia, cuándo y cómo se cobra (entre los días 10-15 del mes siguiente), la compatibilidad con trabajo, los motivos de suspensión y el procedimiento de solicitud.

Está pensada para dos perfiles: personas en situación de vulnerabilidad económica que necesitan saber si tienen derecho al IMV; y trabajadores con ingresos bajos que quieren complementar sus rentas.

Pilas de monedas ordenadas de menor a mayor junto a una mascarilla sanitaria sobre una mesa

Base normativa principal:

  • Constitución Española: arts. 39 (protección familia) y 41 (SS).
  • Real Decreto-Ley 20/2020: crea el IMV como respuesta a la pandemia.
  • Ley 19/2021 del IMV: consolida como derecho subjetivo permanente.
  • RD 799/2022: incluye Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI).
  • Ley 12/2022: modifica aspectos operativos.
  • Presupuestos Generales del Estado anuales: revalorizan cuantías.

Naturaleza jurídica:

  • Prestación económica NO CONTRIBUTIVA.
  • Derecho subjetivo: no discrecional.
  • Financiada por Presupuestos del Estado.
  • Compatible con trabajo con incentivos.

Objetivos (art. 1 Ley 19/2021):

  1. Combatir la pobreza severa.
  2. Garantizar un nivel mínimo de renta.
  3. Prevenir la exclusión social.
  4. Incentivar la inserción laboral.
  5. Ayudar específicamente a la infancia (CAPI).

Autoridad competente:

  • INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social): gestión principal.
  • ISM: para trabajadores del mar.
  • Servicios Sociales autonómicos y municipales: apoyo y coordinación.

Qué es el IMV y a quién se dirige

Concepto:

El IMV es una prestación económica que garantiza un nivel mínimo de renta a las unidades de convivencia (personas solas o familias) que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica.

Función:

Prestación diferencial: es la DIFERENCIA entre:

  • Ingresos actuales de la unidad de convivencia.
  • Umbral garantizado según su composición.

Ejemplo:

  • Umbral garantizado: 1.000€/mes (pareja + 1 hijo).
  • Ingresos actuales de la UC: 400€/mes.
  • IMV a percibir: 600€/mes.

Colectivos destinatarios:

Familias con bajos ingresos:

  • Parejas con o sin hijos.
  • Familias monoparentales (con complemento).
  • Familias numerosas.

Personas solas:

  • Con dificultades económicas.
  • En riesgo de exclusión.

Situaciones específicas:

  • Víctimas de trata: acceso facilitado.
  • Víctimas de violencia de género: prioridad.
  • Sin hogar empadronados.
  • Refugiados con estatus.

No destinatarios:

  • Personas con rentas superiores al umbral.
  • Patrimonio excesivo.
  • Sin residencia legal.
  • No empadronados correctamente.

Datos 2026 (previsión):

  • 800.000+ unidades de convivencia beneficiarias.
  • 2 millones+ personas.
  • Coste anual: 3.500-4.000 millones €.
  • Cobertura: 15-20% de hogares en pobreza.

Cuantía 2026 según unidad de convivencia

Figuras de una pareja de ancianos en un banco rodeadas de monedas y billetes de 200 euros

Cuantías ANUALES 2026 (previsión, sobre base 2025):

Composición UCAnualMensual
1 adulto7.500€604€
1 adulto + 1 menor9.751€813€
1 adulto + 2 menores12.001€1.000€
1 adulto + 3 menores14.252€1.192€
1 adulto + 4+ menores16.502€1.383€
Pareja sin hijos9.751€813€
Pareja + 1 hijo12.001€1.000€
Pareja + 2 hijos14.252€1.192€
Pareja + 3 hijos16.502€1.383€
Pareja + 4+ hijos18.753€1.575€
3+ adultos12.001€1.000€ (base)

Complemento MONOPARENTAL:

  • +22% adicional para unidades con solo un adulto y menores a cargo.
  • Ejemplo: 1 adulto + 1 menor: 813€ + 22% = ~992€/mes.

Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI) (RD 799/2022):

  • Menor 0-3 años: 115€/mes.
  • Menor 3-6 años: 80,50€/mes.
  • Menor 6-18 años: 57,50€/mes.

Ejemplo combinado con CAPI:

UC: 1 adulto + 2 hijos (1 de 2 años, 1 de 8 años):

  • IMV base: 1.000€/mes.
  • Complemento monoparental (22%): +220€.
  • CAPI hijo 2 años: +115€.
  • CAPI hijo 8 años: +57,50€.
  • Total: ~1.392€/mes.

Revalorización 2026:

  • Automática cada enero.
  • Base: IPC del año anterior.
  • Previsión 2026: +2,7-3%.

Cuantía en 12 pagas:

  • IMV se paga en 12 mensualidades (no 14 como pensiones contributivas).
  • Sin pagas extras.

Requisitos para acceder al IMV

Requisitos ACUMULATIVOS (Ley 19/2021 arts. 4-9):

1. Residencia legal en España

  • Al menos 1 AÑO INMEDIATAMENTE ANTERIOR a la solicitud.
  • Excepciones: víctimas de trata, violencia de género (sin plazo).
  • Empadronamiento actualizado.

2. Edad

  • Entre 23 y 65 años.

Excepciones:

  • Emancipados menores 23 años: con cargas familiares (hijos, embarazadas).
  • Mayores 65 sin pensión: acceso restringido.
  • Víctimas de trata: sin límite de edad.

3. Solicitud formal

  • NO es automática: hay que solicitarla.
  • Modelo específico del INSS.

4. Ingresos por debajo del umbral

Ingresos computables:

  • Rendimientos del trabajo.
  • Rendimientos económicos.
  • Prestaciones sociales (excepto algunas exentas).
  • Rentas familiares.

Umbral aplicable: cuantía garantizada según composición UC.

5. Patrimonio por debajo del umbral

Umbrales de patrimonio 2026 (aproximados):

  • 1 adulto: ~22.500€.
  • 1 adulto + 1 menor: ~33.750€.
  • Pareja: ~33.750€.
  • Pareja + 2 hijos: ~54.000€.

Excluido del cómputo:

  • Vivienda habitual.
  • Vehículos de uso ordinario.
  • Ajuar doméstico.

6. Inscripción como demandante de empleo

  • Obligatoria para personas en edad laboral.
  • Compromiso de aceptar cursos y ofertas.

Excepciones:

  • Discapacidad ≥33%.
  • Cuidadores no profesionales.
  • Personas de +52 años en algunos casos.

7. Compromiso de inserción

  • Itinerario de inserción laboral o social.
  • Firmado con Servicios Sociales.
  • Seguimiento periódico.

Situaciones que impiden el IMV:

  • Vivienda de lujo o segunda residencia.
  • Vehículos de gama alta.
  • Ingresos ocultos o no declarados.
  • Situaciones fraudulentas.

Unidad de convivencia: cómo se define

Concepto:

Grupo de personas que comparten domicilio y economía y que se computan conjuntamente para el IMV.

Composición típica:

Personas incluidas:

  • Solicitante.
  • Cónyuge o pareja de hecho registrada.
  • Descendientes directos: hijos menores 26 años, hijos con discapacidad.
  • Ascendientes: padres, abuelos convivientes.
  • Hermanos con vinculación acreditada.

Personas excluidas:

  • Inquilinos con contrato de arrendamiento.
  • Empleados domésticos.
  • Familiares en visita temporal.
  • Personas hospedadas puntualmente.

Criterios de PERTENENCIA:

Empadronamiento CONJUNTO:

  • Mismo domicilio en el padrón municipal.
  • Antigüedad mínima: 6 meses.

Economía COMÚN:

  • Gastos compartidos.
  • Rentas puestas en común.

Vínculo FAMILIAR o AFECTIVO:

  • Familiares hasta 2º grado.
  • Parejas de hecho con inscripción.
  • Personas con vínculo de dependencia.

Casos especiales:

Unidad de convivencia sin lazos familiares:

  • Personas sin hogar que comparten techo.
  • Con acreditación de convivencia estable.

Personas viviendo solas con hijos (monoparentalidad):

  • Complemento del 22%.
  • Cuantías incrementadas.

Familias reconstituidas:

  • Hijos de anteriores relaciones.
  • Nuevos convivientes.

Documentación para acreditar la UC:

  • Certificado de EMPADRONAMIENTO conjunto.
  • Libro de Familia.
  • Documento de pareja de hecho.
  • Declaración jurada de la composición.
  • Justificantes de vivienda compartida.

Cambios en la UC:

Obligación de comunicar:

  • Nuevos convivientes.
  • Bajas (fallecimiento, mudanza).
  • Cambios de estado civil.

Plazo: 30 días desde el cambio.

Sanción por incumplimiento: reintegro + posible sanción.

Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI)

Concepto (RD 799/2022):

Complemento del IMV específico para unidades de convivencia CON MENORES a cargo.

Requisitos:

  • Beneficiario del IMV.
  • Con menores de 18 años en la unidad de convivencia.
  • A cargo económicamente del solicitante.

Cuantías 2026 por edad del menor:

Edad del menorComplemento/mes
0-3 años115€
3-6 años80,50€
6-18 años57,50€

Cuantías ANUALES:

EdadAnual
0-3 años1.380€
3-6 años966€
6-18 años690€

Aplicación:

  • Se añade al IMV base.
  • Por cada menor: cuantía específica según su edad.
  • En 12 pagas: junto con el IMV.

Compatibilidad:

  • Compatible con IMV base.
  • Compatible con ayudas familiares autonómicas.
  • Compatible con deducciones IRPF.
  • Incompatible con la antigua prestación por hijo a cargo.

Ejemplo:

UC: pareja + 2 hijos (2 años y 10 años):

  • IMV base: 1.192€/mes.
  • CAPI hijo 2 años: 115€.
  • CAPI hijo 10 años: 57,50€.
  • Total: ~1.365€/mes.

Compatibilidad con OTRAS ayudas por hijo:

  • Deducción IRPF por familia numerosa: 1.200€/año.
  • Cheque bebé autonómico: variable.
  • Ayudas al alquiler con hijos.

Cuándo se cobra el IMV y cómo consultarlo

Calendario de pago:

Regla general:

  • ENTRE LOS DÍAS 10 Y 15 del mes SIGUIENTE al devengado.

Ejemplos concretos:

  • IMV de julio 2026 → cobro 10-15 agosto 2026.
  • IMV de diciembre 2026 → cobro 10-15 enero 2027.

Factores que pueden retrasar:

  • Entidad bancaria: BBVA, Santander, CaixaBank pueden variar 1-2 días.
  • Fin de semana: si el 10-15 cae en fin de semana, se paga el viernes o lunes.
  • Festivos: se retrasa al siguiente día hábil.

Modalidad:

  • 12 mensualidades (no 14 como pensiones contributivas).
  • Sin pagas extras.
  • Transferencia bancaria directa.

Cómo consultar el pago:

1. App «Tu Seguridad Social»

  • Android e iOS: gratuita.
  • Sección IMV: importe, próximo pago, historial.
  • Necesita: Cl@ve, DNIe o certificado digital.

2. Sede electrónica del INSS

  • sede.seg-social.gob.es.
  • Sección «Consultas al IMV».
  • Con certificado digital.

3. Teléfono IMV

  • 900 20 22 22: gratuito.
  • Horario: laborables 9-19h.
  • Con identificación del solicitante.

4. Notificación postal

  • Cartas certificadas al domicilio de empadronamiento.
  • Con estado: alta, suspensión, denegación.

Motivos de retraso:

Externos al INSS:

  • Cambios bancarios no comunicados.
  • Cuenta bloqueada o inactiva.
  • Titular incorrecto.

Del expediente:

  • Documentación pendiente.
  • Revisión en curso.
  • Cambios no comunicados en la UC.

Cómo saber si me han SUSPENDIDO:

Motivos frecuentes:

  • Superar el umbral de rentas.
  • Cambios en la UC no comunicados.
  • No presentar declaración anual.
  • Salida al extranjero >90 días sin autorización.
  • Fraude detectado.

Consulta:

  • App «Tu Seguridad Social».
  • Sede electrónica.
  • Carta certificada con motivo.

Recursos:

  • Reclamación previa: 30 días desde notificación.
  • Recurso judicial: si desestimada.

Cómo solicitar el IMV paso a paso

Figura de un anciano con bastón caminando entre dos caminos flanqueados por pilas de monedas

Fase 1 · Verificar requisitos

Simulador oficial:

  • Web del INSS: simulador de IMV.
  • Datos: composición familiar, ingresos, patrimonio.
  • Resultado: cuantía estimada y viabilidad.

Autoevaluación:

  • Residencia legal ≥1 año.
  • Edad 23-65.
  • Ingresos por debajo del umbral.
  • Patrimonio por debajo del límite.

Fase 2 · Reunir documentación

Documentos personales:

  • DNI/NIE de todos los miembros de la UC.
  • Libro de Familia o certificados de nacimiento.
  • Certificado de matrimonio o pareja de hecho.
  • Empadronamiento conjunto con antigüedad mínima 6 meses.

Documentos económicos:

  • Declaración de IRPF del año anterior de todos los miembros.
  • Nóminas de los últimos 3 meses.
  • Certificados de otras prestaciones: paro, pensiones, etc.
  • Documentación bancaria: extractos, ahorros.
  • Certificados de patrimonio: propiedades, vehículos.

Documentos específicos:

  • Certificados de discapacidad si aplica.
  • Sentencias de divorcio o separación si aplica.
  • Documentación de víctima de violencia si aplica.

Documentos administrativos:

  • Formulario oficial IMV.
  • Certificado de cuenta bancaria (donde cobrar).

Fase 3 · Solicitud

Vías:

Online (recomendado):

  • Sede electrónica INSS: sede.seg-social.gob.es.
  • Con Cl@ve, DNIe o certificado digital.
  • Formulario específico IMV.
  • Documentos digitalizados.

Presencial:

  • CAISS con cita previa.
  • Ayuntamiento (algunos actúan como colaboradores).
  • Correo postal certificado.

A través de terceros:

  • Servicios Sociales municipales: acompañamiento gratuito.
  • ONGs autorizadas: Cruz Roja, Cáritas.
  • Sindicatos con áreas de servicio social.

Fase 4 · Instrucción del expediente

Comprobaciones INSS:

  • Cruce con AEAT (Hacienda): rentas.
  • Cruce con Catastro: patrimonio inmobiliario.
  • Cruce con DGT: vehículos.
  • Cruce con SS: cotizaciones y prestaciones.

Plazo LEGAL: 6 meses máximo.

Plazo PRÁCTICO: 3-6 meses habitual.

Silencio administrativo: NEGATIVO.

Fase 5 · Resolución

Favorable:

  • Notificación con cuantía y fecha de efectos.
  • Retroactividad: desde el primer mes tras la solicitud.
  • Primera nómina: en el mes siguiente.

Desfavorable:

  • Motivación de la denegación.
  • Recursos: reclamación previa 30 días.

Fase 6 · Obligaciones tras la concesión

Comunicar cambios en 30 días:

  • Cambios en la unidad de convivencia.
  • Nuevos ingresos.
  • Cambios de domicilio.
  • Cambios de estado civil.

Declaración anual:

  • Antes del 30 de abril de cada año.
  • Rentas del año anterior.
  • Composición familiar actualizada.

Cumplimiento del itinerario:

  • Cursos de inserción.
  • Ofertas de empleo.
  • Reuniones con trabajador social.

Cómo obtener ayuda profesional

Servicios Sociales municipales: acompañamiento gratuito en la solicitud.

CAISS del INSS: información oficial gratuita. Cita previa obligatoria.

Teléfono IMV: 900 20 22 22 (gratuito).

ONGs colaboradoras:

  • Cruz Roja Española.
  • Cáritas.
  • Fundación Secretariado Gitano.
  • CEAR: para refugiados.
  • Provivienda.

Abogado especialista en SS: para recursos y casos complejos. Coste: 500-2.000€.

Graduado social: asesoramiento profesional. Coste: 300-1.500€.

Sindicatos: áreas de servicios sociales.

Servicios universitarios: clínicas jurídicas gratuitas.

Colegio de Abogados: turno de oficio si los ingresos son bajos.

Aplicaciones móviles:

  • App «Tu Seguridad Social».
  • App IMV.

Sedes autonómicas: para articulación con rentas mínimas.

Este contenido tiene fines informativos y no sustituye el asesoramiento personalizado. Para gestionar el IMV consulta con Servicios Sociales municipales o un asesor especializado. Última actualización: julio de 2026.

Preguntas frecuentes

Depende de la unidad de convivencia. Cuantías 2026: 1 adulto 604€/mes, 1 adulto + 1 menor 813€/mes, 1 adulto + 2 menores 1.000€/mes, pareja sin hijos 813€/mes, pareja + 1 hijo 1.000€/mes, pareja + 2 hijos 1.192€/mes. Las unidades monoparentales tienen un complemento adicional del 22%. El IMV es la diferencia entre los ingresos actuales de la unidad y el umbral garantizado.

Prestación económica estatal no contributiva, creada por el RDL 20/2020 y consolidada por la Ley 19/2021, gestionada por el INSS, que garantiza un nivel mínimo de renta a personas en situación de vulnerabilidad económica. Es compatible con el trabajo mediante incentivos al empleo, e incluye el Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI) por cada menor a cargo.

Se cobra mensualmente por transferencia bancaria entre los días 10 y 15 del mes siguiente al devengado (por ejemplo, el IMV de julio se cobra entre el 10 y el 15 de agosto). Se paga en 12 mensualidades, sin pagas extras. Si no llega, se puede consultar en la app «Tu Seguridad Social» o llamando al 900 20 22 22.

Entre el día 10 y el 15 del mes siguiente al correspondiente, variando ligeramente según la entidad bancaria, los festivos o los fines de semana. Se diferencia de las pensiones contributivas, que se pagan entre el 1 y el 4 del mes.

Se revaloriza cada enero conforme al IPC del año anterior, de forma automática. La previsión para 2026 es un incremento de aproximadamente el 2,7-3%, aplicable a todas las composiciones familiares, al complemento monoparental y al Complemento de Ayuda para la Infancia.

Se puede consultar en la app «Tu Seguridad Social», en la sede electrónica del INSS, por notificación postal certificada, o llamando al 900 20 22 22. Los motivos frecuentes de suspensión son no comunicar cambios, superar el umbral de rentas, no presentar la declaración anual antes del 30 de abril, o salir al extranjero más de 90 días sin autorización.

Residencia legal en España durante al menos 1 año, edad entre 23 y 65 años (con excepciones), solicitud formal, ingresos y patrimonio de la unidad de convivencia por debajo de los umbrales aplicables, inscripción como demandante de empleo, y compromiso de inserción laboral o social.

Sí, mediante incentivos al empleo que permiten una deducción gradual de los ingresos del trabajo sin perder el 100% del IMV de golpe. Es compatible con contratos temporales, indefinidos y autónomos, pero incompatible con pensiones contributivas, la RAI y otras rentas mínimas autonómicas en general.

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Equipo editorial de Cosaslegales.es.