

- Deberás de mostrar la solicitud en modelo normalizado, que incorpora la adhesión al compromiso de actividad, los datos de domiciliación bancaria, la declaración de los hijos a cargo y tus rentas y autorización para recabar información tributaria de estos últimos a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. Además ha de aportar:
- Fotocopia del E.R.E junto a la lista de trabajadores afectados.
- Documentos personales de identificación, donde serán el DNI para los trabajadores de nacionalidad española y el pasaporte o tarjeta de identidad para trabajadores extranjeros.
- Certificado de empresa firmado y fechado con las cotizaciones de los 180 últimos días.
- Copia de los documentos oficiales de cotización correspondientes a los últimos 180 días cotizados, si la empresa no estuviera integrada en el sistema de Remisión Electrónica de Documentos de la Tesorería General de la Seguridad Social.
- Si tienes hijos menores de 26 años o mayores incapacitados, deberá aportar además el libro de familia o documento equivalente en caso de extranjeros.
El trabajador sigue perteneciendo a la empresa a todos los efectos, pero el inconveniente principal es que abre la bolsa de desempleo durante los días en que se suspende el contrato y el trabajador puede o no solicitar el desempleo, de manera que si abre el desempleo, va consumiendo días de paro que tenía acumulados.
En el caso de los ERE temporales, por cada día de regulación la cuantía máxima que paga el Inem, son 35,88 euros brutos si el trabajador no tiene hijos a cargo, 41,01 euros brutos para el trabajador con un hijo a cargo, y a 46,13 euros para el que tiene dos o más hijos.