

Causas para evitar ir a una mesa electoral
Son varias las causas que pueden justificar la no asistencia a una mesa electoral, siempre que se pueda demostrar y acreditar con el correspondiente certificado:
Causas por razones profesionales para evitar ir a la mesa electoral
- Quienes deban prestar durante la jornada electoral servicios esenciales, como médicos, sanitarios, bomberos o protección civil entre otros.
- Aquellos con funciones electorales y que prestan sus servicios a los Juzgados, Juntas Electorales y Administraciones Públicas.
- Directores de medios de comunicación y jefes de servicios informativos que deban cubrir la jornada electoral.
- Profesionales que deban participar en acontecimientos públicos,que no puedan ser sustituidos y la no participación produzca graves perjuicios económicos.
Causas por razones personales para evitar ir a la mesa electoral
- Mayores de 65 años y menores de 70.
- Discapacitados.
- Incapacidad temporal para el trabajo.
- Internos en centros penitenciarios u hospitales psiquiátricos.
- Pensionistas con incapacidad permanente absoluta y gran invalidez.
- Pensionistas con incapacidad permanente total para ejercer una determinada profesión, siempre que los factores que predispongan la incapacidad, le impidan ejercer las funciones de miembro de la mesa electoral.
- Embarazo, a partir de los seis meses, periodo de descanso maternal, y aquellas situaciones de riesgo durante los primeros seis meses del embarazo también es una causa para librarse de ir a la mesa electoral.
- Enfermedad física o psíquica que le impida ejercer las funciones correspondientes.


- Tener prevista una intervención quirúrgica o la realización de pruebas clínicas relevantes el día de la votación, en los días inmediatamente anteriores, o en el día siguiente a la misma.
- Pertenecer a o comunidades religiosas en las que el régimen de clausura resulten incompatibles con la participación en una mesa electoral.
- Cambio de la residencia habitual a otra Comunidad.
Razones familiares para evitar ir a la mesa electoral
- Ser madre en periodo de lactancia hasta que el bebé cumpla nueve meses.
- Ser madre o padre de menores de 14 años, siempre que se acredite que el otro progenitor no puede ocuparse del menor durante la jornada electoral,
- Cuidado directo de menores de ocho años o de personas con discapacidad física, psíquica o sensorial.
- Cuidado continuo de familiares hasta segundo grado de consanguinidad de personas que por accidente o enfermedad no pueden valerse por sí mismos.
- Eventos familiares relevantes que no se puedan aplazar o que provoquen perjuicios económicos.
Consecuencias de no presentarse a la mesa electoral
Según la Ley Electoral, son obligatorios los cargos de Presidente, Vocal y suplentes, por tanto quien abandona su cargo sin justificación y no acude a la mesa electoral puede incurrir en un delito electoral, que está castigado con una pena de arresto de 7 a 15 fines de semana y multas que pueden ir desde los dos a los diez meses.
E ido a hacer alegaciones por k tengo mis hijos en un centro de acogida y los tengo del 23 al 26, aparte e entregado la minusvalía mía y me lo han denegado tengo k ir si o si k puedo hacer
Y si eres drogata?
Buenas noches no se como puedo hacer me enferme y fue imposible asistir a la mesa electoral pero me acerque a votar debido a que en la universidad me piden la papeleta para cualquier cosa pero tengo certifcado medico si es valido para no pagar la multa