Alquiler con opción a compra

El alquiler con opción a compra es una modalidad hipotecaria que te permite transformar los euros que pagas en concepto de alquiler todos los meses en cuotas mensuales destinadas a la compra final del inmueble, transcurrido un periodo de tiempo determinado.

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jueves, 21 octubre, 2010
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Esta opción es muy válida para aquellas personas que tiene muy difícil acceder a un contrato hipotecario y quieren aprovechar el dinero que destinan al alquiler, sacándole un beneficio final, la vivienda donde viven. En cosas legales os intentamos aclarar algunas de las dudas más comunes que surgen cuando se habla del alquiler con derecho a compra.

¿Hay que adelantar dinero?

Suelen solicitar una importante cantidad de euros en concepto de depósito (capital que se descuenta del precio final), pero en ningún caso llega al 20% del precio del inmueble, que es lo habitual a la hora de solicitar una hipoteca en una entidad financiera.

¿Cuánto tiempo puedo vivir de alquiler antes de hacerme cargo de la compra del piso?

El plazo legal de vigencia de un contrato de alquiler con derecho a compra es de cinco años, según marca la Ley de Arrendamientos Urbanos, aunque lo habitual es llegar a un acuerdo con el propietario y no prorrogarlo más allá de dos o tres años. La razón, que a partir de ese número de años la carga fiscal para el vendedor sería más fuerte, además, corre el riesgo de que el mercado se recupere, vuelvan a subir los precios y termine perdiendo dinero.

¿Qué ocurre si supero el plazo estipulado?

Lo normal es que pierdas todo el dinero invertido, sin embargo, lo bueno de este sistema es que en el contrato de alquiler con derecho a compra puedes negociar dicha situación y conseguir un aplazamiento que te permita obtener el dinero o una hipoteca.

¿Es fija la renta anual?

En el contrato de alquiler con derecho a compra se fija el precio final del inmueble, aunque el Euribor se mueva o cambien los tipos de interés. Lo que sí aumentaría tus cuotas mensuales y por ende el precio final, es una subida del IPC. En el contrato el dueño puede incluir que eres tú quien se encarga de pagar el IBI y las posibles reformas, de ahí que lo primero que hay que hacer antes de firmar un contrato de este tipo es echar cuentas y llegar a la seguridad de que podemos pagar ese piso. Si te retrasas 60 días en el pago de una de las mensualidades puedes perder todos tus derechos.

Otra cosa a tener en cuenta es el porcentaje que se descuenta de las mensualidades sobre el precio final del piso. Lo más habitual es que durante el primer año se descuente el 100% de lo pagado, y entre un 60 y un 80% del segundo. A partir de ahí lo normal es que no descuenten nada o casi nada.

Por lo tanto, este tipo de contrato de alquiler con derecho a compra puede resultar atractivo si te haces con el piso en menos de dos años. En este plazo los gastos no serán muchos y te puede dar tiempo a ahorrar una buena cantidad de dinero que te permita acceder a un préstamo hipotecario.

Imagen sujeta a licencia CC de Daquella manera

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2 comentarios en «Alquiler con opción a compra»

  1. en el alquiler a derecho con compra ¿a una parte del dinero mensual va para el alquiler y otra para la compra?

  2. Hola Mari Carmen, la respuesta la tienes en este párrafo: Otra cosa a tener en cuenta es el porcentaje que se descuenta de las mensualidades sobre el precio final del piso. Lo más habitual es que durante el primer año se descuente el 100% de lo pagado, y entre un 60 y un 80% del segundo. A partir de ahí lo normal es que no descuenten nada o casi nada.

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