

Junto con la demanda debe de aportarse el Convenio regulador, y es obligatorio cuando la separación o el divorcio es solicitado por ambos cónyuges de mutuo acuerdo o por un cónyuge con el consentimiento del otro.
Medidas que debe de contener el Convenio Regulador
Se establecen las medidas en base a que sea un matrimonio con hijos menores de edad o un matrimonio sin hijos.
El Convenio Regulador debe de contener las siguientes medidas:
Convenio regulador para Matrimonio con hijos menores de edad
- Atribución de la guarda y custodia de los hijos.
- Atribución del uso de la vivienda y ajuar familiar, quedando a cargo del cónyuge que tenga la guarda y custodia de los hijos.
- Determinación del régimen de visitas y comunicaciones de que podrá disfrutar el cónyuge que no tenga la custodia, y el régimen de visitas de los nietos con sus abuelos.
- Contribuciones para el sostenimiento de las cargas del matrimonio y para el mantenimiento de los hijos en concepto de pensión de alimentos.


- Pensión compensatoria que uno de los cónyuges ha de satisfacer al otro por el desequilibrio económico, debido a la separación, divorcio e incluso nulidad matrimonial.
- Se incluyen medidas especiales que los padres deseen.
El Convenio regulador deberá de ser aprobado por el Juez, siempre y cuando no vaya en perjuicio de los menores, como negar la pensión de alimentos o las visitas. en cuyo caso el Juez no lo aprobará.
Convenio regulador para matrimonio sin hijos
En casos de matrimonios que no poseen hijos, el Convenio Regulador es sencillo, tan sólo se debe de:
- Establecer quien se queda con el uso de la vivienda.
- Fijar si se desea, una pensión compensatoria.
- Manifestar la liquidación si existiera, de cualquier sociedad con bienes en común.