Sin embargo, a partir del 1 de septiembre, la normativa ha cambiado y ahora un menor de 18 años, si desea viajar solo al extranjero o si lo hace acompañado de otra persona que no sea uno de sus progenitores, además del DNI, necesitará contar con un consentimiento firmado por sus padres y formalizado en las dependencias de la Policía Nacional, Guardia Civil o Notarías y Alcaldías. El objetivo de esta medida es mejorar la protección al menor, sobre todo cuando se trata de un viaje al extranjero sin la compañía de sus padres.


¿Qué hay que rellenar en el formulario?
En el formulario deberán de constar los datos del menor, así como los de sus padres, los posibles acompañantes de este y las fechas del viaje. El formulario carecerá de validez si no se ha formalizado en algunos de los estamentos anteriormente mencionados y para demostrar la identidad del niño, deberá de acreditarlo con su DNI.
El caso de los niños extranjeros residentes en España es diferente y para ello, serán los representantes legales de estos niños los que deban de acudir a las autoridades consulares de su país, para cumplimentar la información necesaria de acuerdo a su legislación nacional.
De esta forma, se obtiene un mayor control sobre el menor y se cuida mucho más el viaje de este a un país extranjero, ya que sin el consentimiento explicito de sus padres, no podrá viajar puesto que necesitará el formulario correspondiente con la autorización.