En julio de 2015 se van a cumplir treinta y cinco años que se promulgó la Ley Orgánica de Libertad Religiosa y durante este tiempo el país ha sufrido profundos cambios en lo que a creencias se refiere, y donde se han puesto en juego la legislación y el cambio sociológico de la religión.


Cabe decir que la libertad religiosa es un derecho fundamental que se refiere a la opción que tiene cada persona de poder elegir libremente su religión, de no elegir ninguna, o incluso de no creer en la existencia de un Dios, y además la persona puede ejercer dicha creencia de forma pública, sin sufrir discriminación o intento de cambiarla a la fuerza.
Legislación sobre la libertad religiosa en España
Esta libertad religiosa es reconocida por el artículo 18 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el artículo 18 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; además el artículo 27 de este pacto garantiza a las minorías religiosas el derecho a practicar su religión.
El artículo 18 indica que toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión, incluyendo la libertad de cambiar de esta última, así como la libertad de manifestarla, ya sea de forma individual y colectiva, y tanto de forma pública como privada.
Ya en el siglo XX y también en la actualidad en España queda declarada la libertad de culto en su constitución, y confiere un nivel especial a la religión católica que no da a otras religiones, con capacidad de aportarle sustento económico y también ciertos privilegios jurídicos.
Hay que señalar que en las democracias modernas, el Estado garantiza la libertad religiosa a todos sus ciudadanos, pero normalmente en la práctica la elección de cada religión viene dada por las costumbres familiares y sociales; de hecho se suelen asociar de forma frecuente ciertas sociedades a religiones concretas.
Para saber más de estos derechos fundamentales te recomendamos leer: Derechos humanos: libertad de conciencia y de religión