Comprar y vender coche: transferencia, ITP y contrato

Por admin18 min de lectura
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Comprar y vender coche: transferencia, ITP y contrato

En España se realizan cada año más de 3 millones de transferencias de vehículos: 1,2 millones son matriculaciones nuevas y más de 1,8 millones son compraventas de segunda mano. La compraventa de vehículos es una de las transacciones económicas más habituales entre particulares y con concesionarios, con más de 15.000 millones de euros movidos anualmente en el mercado de segunda mano. El marco jurídico es exhaustivo: el Código Civil (arts. 1445-1541 y vicios ocultos 1484-1490), la Ley 4/2022 de consumidores (garantía 1 año para segunda mano en profesionales), el RD Legislativo 6/2015 Ley Seguridad Vial, el RD 2822/1998 Reglamento General de Vehículos y la normativa autonómica del ITP (Impuesto Transmisiones Patrimoniales). Esta guía cubre todo en 2026: cómo hacer la transferencia paso a paso (presencial y online), la cuantía del ITP por CCAA, el contrato de compraventa modelo, los vicios ocultos y garantías, las precauciones antes de comprar de segunda mano, y las diferencias entre compra a particular y en concesionario.

La transferencia forma parte del conjunto de trámites DGT del propietario del vehículo: permiso, ITV, matriculación, ficha técnica, etiqueta ambiental y baja.

Está pensada para dos perfiles: personas que van a comprar o vender un vehículo próximamente y necesitan conocer todo el proceso; y compradores con problemas post-venta (vicios ocultos, vehículo con cargas, etc.).

Entrega de las llaves de un coche rojo entre dos personas tras una compraventa

Base normativa fundamental:

  • Código Civil arts. 1445-1541: compraventa en general.
  • Código Civil arts. 1484-1490: vicios ocultos.
  • RDL 1/2007 (LGDCU): Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
  • Ley 4/2022: garantía 1 año para segunda mano de profesionales.
  • RD Leg 6/2015: Ley Seguridad Vial.
  • RD 2822/1998: Reglamento General de Vehículos.
  • Ley 58/2003 General Tributaria: aplicable al ITP.
  • RD Leg 1/1993: Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.
  • Normativa autonómica ITP: cada CCAA fija su tipo.

Tipos de compraventa:

Entre PARTICULARES:

  • Sin IVA.
  • Con ITP (4-8% autonómico).
  • Sin garantía LEGAL (aplica Código Civil y vicios ocultos).

En CONCESIONARIO (vehículo nuevo):

  • CON IVA (21%) incluido.
  • Con impuesto matriculación (0-14,75% según CO2).
  • Garantía comercial (2-3 años típica).

En CONCESIONARIO (vehículo usado):

  • CON o SIN IVA según régimen (empresarial o de bienes usados).
  • CON GARANTÍA LEGAL de 1 año mínimo (Ley 4/2022 art. 120.2).
  • A menudo con garantía comercial adicional.

A EMPRESAS:

  • Con IVA (deducible para autónomos/empresas).
  • Sin ITP.
  • Régimen especial: leasing, renting.

Autoridades competentes:

  • DGT: gestión del Registro de Vehículos.
  • Consejerías autonómicas Hacienda: ITP.
  • Ayuntamientos: IVTM (Impuesto Circulación).
  • AEAT: en caso de operaciones con empresas/IVA.
  • Consumo autonómico y municipal: reclamaciones consumidores.
  • Juzgados: litigios y vicios ocultos.

Principios rectores:

  • AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD: precio y condiciones libremente pactadas (arts. 1255 y 1445 CC).
  • BUENA FE: en cumplimiento del contrato (art. 1258 CC).
  • PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR: cuando el vendedor es profesional.
  • RESPONSABILIDAD por vicios ocultos (art. 1484 CC).

Cómo hacer la transferencia de un vehículo paso a paso

Teclado con teclas destacadas de lupa, coche y verificación para simbolizar la consulta de un vehículo

Paso 1 · Firmar el contrato de compraventa

  • POR ESCRITO obligatorio (art. 1279 CC).
  • Con datos completos de vehículo, comprador, vendedor.
  • Precio REAL acordado (declarar valor menor es fraude).
  • Fecha de la venta.
  • Firma de ambas partes.

Detalle del contrato: ver H2.4.

Paso 2 · Verificar situación del vehículo

ANTES de la compraventa, VERIFICAR:

INFORME DGT del vehículo:

  • sede.dgt.gob.es → Consulta vehículo.
  • Coste: 8,60€.
  • Info: cargas, embargos, historial ITV, matriculación.

Cargas/embargos:

  • Reserva de dominio de financiaciones activas.
  • Embargos judiciales.
  • Prendas o similares.

IVTM (Impuesto Circulación Municipal):

  • Pagado el año en curso.
  • Sin deudas anteriores.

ITV:

  • Vigente en el momento de la venta.
  • Sin negativas pendientes.

Multas pendientes:

  • Consulta por matrícula en sede DGT.
  • Debe pagarlas el titular en el momento (habitualmente el vendedor).

Paso 3 · Pagar el ITP autonómico

Impuesto Transmisiones Patrimoniales:

  • Modelo 620 (autonómico).
  • Cuantía: 4-8% según CCAA (ver H2.3).
  • Plazo: 30 DÍAS HÁBILES desde la fecha del contrato.
  • Sede: Consejería de Hacienda autonómica.

Base de cálculo:

  • Precio REAL declarado O
  • Valor fiscal (tablas AEAT).
  • Se aplica el MAYOR de los dos.

Paso 4 · Solicitar la transferencia en DGT

Vías:

A. ONLINE en sede electrónica:

  • sede.dgt.gob.es → Cambio titularidad.
  • Ambas partes con firma digital.
  • Tasa 55€ por tarjeta.
  • Documentación en PDF.
  • Permiso digital inmediato en miDGT.

B. PRESENCIAL en Jefatura Provincial:

  • Cita previa obligatoria.
  • Con documentación física.
  • Pago: en el momento.
  • Permiso físico: 15-30 días por correo.

C. Con GESTORÍA:

  • Comisión: 30-100€.
  • Gestionan todo el proceso.
  • Recomendable si falta firma digital.

Paso 5 · Documentación necesaria

Del comprador:

  • DNI/NIE en vigor.
  • Justificante pago ITP (Modelo 620 sellado).

Del vendedor:

  • DNI/NIE.
  • Permiso de circulación original.
  • Ficha técnica original.

Común:

  • Contrato de compraventa firmado.
  • Justificante IVTM del año en curso.
  • Justificante pago tasa DGT (55€).

Paso 6 · Emisión del nuevo permiso

  • En 15-30 días el permiso físico por correo.
  • INMEDIATO en app miDGT (digital).
  • A nombre del nuevo titular.

Plazo obligatorio y sanciones

Plazo: 10 DÍAS HÁBILES desde la fecha del contrato.

Fuera de plazo:

  • Multa: 100-200€ (art. 76.q LSV).
  • Complicaciones adicionales en caso de multas del nuevo titular.

Vendedor sin transferir:

  • Sigue apareciendo como titular.
  • Recibirá multas del nuevo conductor.
  • Sigue pagando IVTM al año siguiente.
  • Responsabilidad civil por siniestros del comprador.

Recomendaciones importantes

  • Hacer la transferencia INMEDIATAMENTE tras firmar contrato.
  • Guardar copia del contrato firmado y todos los justificantes.
  • Comunicar cambio al seguro anterior para cancelarlo.
  • Contratar seguro propio antes de circular.
  • Verificar todo antes: informe DGT + cargas + multas.

ITP: cuantía y cálculo por CCAA

Base: RD Legislativo 1/1993 (Ley ITP) + normativa autonómica.

Cuantía por CCAA en compraventa de vehículos (2026):

CCAATipo ITP vehículo
Andalucía8%
Aragón4%
Asturias8%
Baleares8%
Canarias5,5% (5% ITP + IGIC específico)
Cantabria8%
Castilla-La Mancha6%
Castilla y León5%
Cataluña5% hasta 20.000€, 10% > 20.000€
Comunidad Valenciana8%
Extremadura8%
Galicia8%
La Rioja4%
Madrid4%
Murcia8%
Navarra4%
País Vasco (foral)4-8% (según territorio histórico)

Base imponible:

  • Precio REAL declarado en el contrato O
  • Valor fiscal según tablas oficiales AEAT.
  • Se aplica el MAYOR de los dos.

Valor fiscal:

  • Publicado anualmente por Ministerio Hacienda.
  • Según marca, modelo y año.
  • Actualización: cada enero.
  • Consulta: sede.agenciatributaria.gob.es.

Ejemplos prácticos (coche de 6.000€ real):

En Madrid (4%):

  • Cálculo: 6.000€ × 4% = 240€.
  • Total transferencia: 55€ (DGT) + 240€ (ITP) = 295€.

En Andalucía (8%):

  • Cálculo: 6.000€ × 8% = 480€.
  • Total transferencia: 55€ (DGT) + 480€ (ITP) = 535€.

Vehículos antiguos (> 12 años):

  • ITP mínimo simbólico habitualmente (30-60€).
  • Valor fiscal muy bajo.

Vehículos exentos de ITP:

  • Vehículos NUEVOS (llevan IVA, no ITP).
  • Vehículos entre CÓNYUGES en régimen de gananciales.
  • Herencias (llevan ISD, no ITP).
  • DONACIONES (llevan ISD).
  • Empresas vendiendo a empresas (llevan IVA).

Modelo 620:

  • AUTOLIQUIDACIÓN del ITP.
  • Sede electrónica de Consejería Hacienda autonómica.
  • PAGO: bancario o online.
  • Plazo: 30 días hábiles desde la venta.

Sanción por NO pagar ITP:

  • Recargo 5-20% según retraso.
  • Intereses de demora.
  • Comprobación posterior por AEAT.

Casos especiales:

Coche NUEVO por seguros (por siniestro total):

  • Sin ITP (se considera indemnización).

Vehículos de EMPRESAS:

  • Régimen especial de bienes usados.
  • IVA aplicable en algunos casos.

Fraude por PRECIO MUY BAJO:

  • Hacienda puede COMPLEMENTAR el ITP.
  • Con recargo + intereses.
  • Recomendación: declarar precio real.

Contrato de compraventa: modelo y requisitos

Elementos ESENCIALES del contrato:

Base legal: art. 1445 CC (compraventa) + arts. 1261-1262 (requisitos).

Requisitos MÍNIMOS para su validez:

  • Consentimiento de ambas partes.
  • Objeto cierto y determinado (vehículo).
  • Causa: transmisión propiedad a cambio de precio.
  • Precio determinado y cierto.
  • Fecha de la transacción.

Formato:

  • PRIVADO habitual (contrato entre particulares).
  • Sin necesidad de notarización.
  • Con firmas de ambas partes.
  • Formato: papel u electrónico.

Modelo de contrato de compraventa

PARTES:

Vendedor:

  • Nombre completo.
  • DNI/NIE.
  • Domicilio.
  • Teléfono y email.

Comprador:

  • Nombre completo.
  • DNI/NIE.
  • Domicilio.
  • Teléfono y email.

EL VEHÍCULO:

  • Matrícula: exacta.
  • Marca y modelo: completos.
  • Número de bastidor (VIN).
  • Año de matriculación.
  • Cilindrada y potencia.
  • KILÓMETROS EXACTOS en el momento de la venta.
  • Color.
  • Combustible.

ESTADO DEL VEHÍCULO:

  • Descripción específica.
  • Averías conocidas.
  • Reparaciones recientes.
  • Accidentes previos si aplica.
  • Con o sin ITV vigente.

PRECIO Y PAGO:

  • Precio EXACTO en euros.
  • Forma de pago (transferencia, efectivo, bizum).
  • En su caso: pagos aplazados con garantías.

ENTREGA:

  • Fecha de entrega.
  • Lugar de entrega.
  • Objetos incluidos (2 juegos de llaves, manuales).

GARANTÍAS Y VICIOS:

  • Aceptación del comprador tras verificación.
  • Cláusula sobre vicios ocultos (opcional).
  • Renuncia a garantías (matices legales).

GASTOS:

  • Distribución: comprador paga ITP y tasa DGT, vendedor paga IVTM y cargas si tiene.
  • Puede pactarse diferente.

FIRMAS:

  • Ambas partes.
  • Cada parte conserva copia original.
  • Testigos: no obligatorios pero recomendables.

Cláusulas RECOMENDABLES

Verificación de kilómetros:

  • «El vendedor DECLARA que los kilómetros son EXACTOS y NO MANIPULADOS».
  • Consecuencia si son falsos: nulidad + indemnización.

Estado técnico:

  • «El vendedor DECLARA no tener conocimiento de vicios ocultos».
  • Con posibilidad de acción redhibitoria si aparecen.

Sin cargas ni embargos:

  • «El vehículo está LIBRE de cargas, embargos, prendas».
  • Con INFORME DGT actualizado como anexo.

Sin siniestros graves:

  • Declaración expresa sobre siniestros previos.
  • Historial completo de siniestros.

Aceptación en el estado:

  • «El comprador acepta el vehículo TRAS INSPECCIÓN».
  • Sin garantías adicionales más allá de las legales.

Modelo tipo estándar disponibles

  • En webs de la DGT: modelos oficiales.
  • En OCU, FACUA: modelos verificados.
  • En gestorías: adaptados a normativa autonómica.
  • En abogados: personalizados según caso.

Contratos ONLINE

Firma electrónica:

  • Cl@ve, DNIe o certificado digital.
  • Plataformas específicas (Dokobit, Signaturit).
  • Misma validez que firma manuscrita.

Ventajas:

  • Sin desplazamientos.
  • Copia electrónica automática.
  • Almacenamiento en la nube.

Errores frecuentes a evitar

  • Precio simbólico o muy inferior al real (fraude fiscal + comprobación posterior).
  • Sin especificar kilómetros (fuente habitual de conflictos).
  • Sin fecha clara del contrato.
  • Sin descripción completa del vehículo.
  • Sin cláusulas sobre vicios ocultos.
  • Sin declaración de cargas.
  • Sin verificar informe DGT previo.

Comprar un coche de segunda mano: precauciones

Verificaciones ANTES de la compra:

1. Informe COMPLETO del vehículo (sede DGT)

Coste: 8,60€.

Info que incluye:

  • Titular actual.
  • Historial de transferencias.
  • Cargas y embargos.
  • HISTORIAL ITV completo.
  • Reformas homologadas.
  • Baja temporal o siniestros.

2. Verificar kilómetros

Verificación:

  • Contadores originales: sin señales de manipulación.
  • Historial de mantenimiento en concesionarios oficiales.
  • Coincidencia con ITV histórica.

Herramientas online:

  • HistoricalVIN: histórico kilómetros por matrícula.
  • CarVertical: informe completo europeo.
  • Autonauta, Motor.es: verificación complementaria.

Coche con kilómetros MANIPULADOS:

  • Delito (art. 248 CP: estafa).
  • Nulidad del contrato.
  • Devolución + indemnización.

3. Verificar siniestros previos

Fuentes de información:

  • Consorcio Compensación Seguros: consulta gratuita.
  • UNESPA: base de datos de siniestros.
  • Talleres oficiales: historial de reparaciones.

Señales de accidente grave:

  • Diferencias de pintura entre paneles.
  • Puntos de soldadura no originales.
  • Airbags cambiados o marcados.
  • Chasis con reparaciones.

4. Prueba MECÁNICA

En un TALLER independiente:

  • Coste: 40-80€.
  • Revisión completa externa.
  • Motor, frenos, dirección, suspensión.
  • Diagnóstico OBD: códigos de error electrónicos.
  • Prueba en carretera habitual.

5. Prueba de conducción

Comprobar:

  • Aceleración normal.
  • Frenado eficaz.
  • Dirección recta sin desvíos.
  • Ruidos anómalos.
  • Cambios de marchas.
  • Consumo aparente.
  • Aire acondicionado.
  • Ordenador de a bordo.

6. Documentación completa

Solicitar TODOS los documentos:

  • Permiso de circulación.
  • Ficha técnica.
  • Recibos ITV anteriores.
  • HISTORIAL DE MANTENIMIENTO con facturas.
  • Manuales originales.
  • 2 juegos de llaves.
  • Historial siniestros.

7. Cuidado con las señales de alarma

Señales de fraude o estafa:

  • Precio MUY inferior al mercado.
  • Vendedor con prisa por concluir.
  • Sin permitir revisión del vehículo.
  • Sin permitir prueba en carretera.
  • Solo acepta EFECTIVO.
  • Documentación INCOMPLETA.
  • Kilómetros SOSPECHOSOS.
  • Datos personales incorrectos.
  • Web de «buscar oportunidades» sin verificación.

8. Verificar precio de mercado

Herramientas comparativas:

  • Coches.net: precios de mercado.
  • Motor.es: valoraciones.
  • Autonauta: análisis.
  • Precio orientativo OCU.

9. Cuando comprar EN CONCESIONARIO

Ventajas:

  • Garantía LEGAL 1 año mínimo (Ley 4/2022).
  • Vehículo REVISADO y garantizado.
  • Facturación adecuada.
  • Servicio POSTVENTA.

Precio: 10-25% más que particular habitualmente.

10. Al COMPRAR ONLINE

Precauciones específicas:

  • NUNCA transferir dinero sin ver el vehículo.
  • Cita EN PERSONA obligatoria.
  • Sin urgencias ni presiones.
  • Verificar identidad del vendedor con DNI.
  • Contrato POR ESCRITO antes de pagar.

Garantía y vicios ocultos en compraventa

Garantía LEGAL en compraventa PROFESIONAL:

Base: Ley 4/2022 arts. 118-120.2 (LGDCU).

Duración:

  • 1 AÑO mínimo para vehículos de SEGUNDA MANO en concesionario.
  • AMPLIABLE por pacto entre las partes.
  • 3 AÑOS: si el vehículo se vende como «NUEVO» o «seminuevo».

Aplicable a:

  • Vendedor PROFESIONAL (concesionario, empresa).
  • Comprador CONSUMIDOR (persona física no profesional).

NO aplicable a:

  • Compraventa entre PARTICULARES.
  • Compraventa a EMPRESAS.
  • Vehículos > 12 años algunos casos.

Contenido de la garantía:

  • REPARACIÓN o SUSTITUCIÓN gratuita.
  • REBAJA de precio o RESOLUCIÓN del contrato.
  • En plazo razonable.
  • Sin inconvenientes significativos.

Cómo reclamar:

  • Al VENDEDOR primero.
  • CONSUMO AUTONÓMICO si no responde.
  • VÍA JUDICIAL en última instancia.

Vicios OCULTOS en compraventa entre PARTICULARES:

Base: arts. 1484-1490 CC.

Concepto (art. 1484 CC):

Defectos GRAVES que:

  • NO son aparentes en el momento de la compra.
  • Existían al momento de la venta.
  • No conocidos por el comprador.
  • Hacen INADECUADA la cosa para su uso o DISMINUYEN significativamente su valor.

Ejemplos habituales:

  • Kilómetros MANIPULADOS.
  • Chasis REPARADO de accidente grave.
  • Motor CAMBIADO con problemas.
  • Corrosión INTERNA grave.
  • Bloque motor FISURADO.
  • Caja de cambios defectuosa.
  • Sistema eléctrico deteriorado.
  • Siniestros GRAVES ocultos.

Acciones legales (arts. 1484 y ss CC):

ACCIÓN REDHIBITORIA:

  • RESOLUCIÓN del contrato.
  • Devolución del precio al comprador.
  • Devolución del vehículo al vendedor.
  • Reintegro de gastos de la operación (matrícula, ITP).

ACCIÓN ESTIMATORIA (quanti minoris):

  • MANTENER el contrato.
  • REBAJA PROPORCIONAL del precio.
  • Reparación del defecto.

Elección: del COMPRADOR.

Daños y perjuicios adicionales (art. 1486 CC):

  • SI el VENDEDOR CONOCÍA el vicio y no lo declaró.
  • Se considera DOLO.
  • Además: acción redhibitoria + daños.

Plazo de PRESCRIPCIÓN (art. 1490 CC):

  • 6 MESES desde la ENTREGA del vehículo.
  • Interrupción: reclamación extrajudicial.

Vía de reclamación:

Paso 1 · Burofax al vendedor:

  • Formal: solicitud de resolución o rebaja.
  • Con detalle del vicio.
  • Con INFORME PERICIAL si es posible.

Paso 2 · Mediación o conciliación.

Paso 3 · Vía judicial civil:

  • Con abogado especializado.
  • Procedimiento verbal o ordinario según cuantía.
  • Aportar: contrato + informe pericial + facturas.

Vía PENAL:

  • Si hay ENGAÑO deliberado.
  • Estafa (art. 248 CP).
  • Denuncia en comisaría.
  • Procedimiento penal.
  • Ratio éxito: 30-50% habitualmente.

Renuncia a vicios ocultos

Cláusula: «Vendo el vehículo TAL COMO ESTÁ, sin garantía posterior».

Efectos:

  • LIMITA pero NO EXCLUYE la responsabilidad por vicios ocultos.
  • NULA si hay ENGAÑO por parte del vendedor.
  • VÁLIDA para defectos MENORES o aparentes.

En resumen:

  • Contrato entre PARTICULARES sin garantía comercial: aplican solo VICIOS OCULTOS (6 meses).
  • Contrato con PROFESIONAL: aplica GARANTÍA LEGAL (1-3 años) + VICIOS OCULTOS.

Compraventa entre particulares vs concesionario

Compraventa entre PARTICULARES

Ventajas:

  • Precio MÁS BAJO (10-25% menor).
  • Negociable libremente.
  • Sin ganancia intermedia.
  • Contacto directo con propietario anterior.

Desventajas:

  • Sin garantía LEGAL (solo vicios ocultos 6 meses).
  • Sin revisión previa garantizada.
  • Riesgo de vicios ocultos.
  • Sin servicio postventa.
  • Recomendable REVISIÓN en taller independiente.

Documentación:

  • Contrato PRIVADO entre partes.
  • Sin IVA.
  • Con ITP (4-8% autonómico).

Compraventa en CONCESIONARIO

Ventajas:

  • GARANTÍA LEGAL 1 año mínimo.
  • Revisión y preparación garantizadas.
  • Documentación completa habitual.
  • Servicio postventa.
  • Financiación disponible.
  • Reprogramación para clientes.

Desventajas:

  • Precio 10-25% MÁS ALTO que particular.
  • Presión comercial vendedores.
  • Ganancia intermedia.
  • A veces vehículos previos siniestros no declarados.

Documentación:

  • Factura profesional.
  • Con IVA (21%) o régimen bienes usados.
  • Con GARANTÍA por escrito.

Compraventa en PLATAFORMAS ONLINE

Ejemplos:

  • Coches.net: mayor buscador.
  • Wallapop: entre particulares.
  • Motor.es.
  • Autonauta.
  • Milanuncios.

Precauciones:

  • Verificar identidad del vendedor.
  • NUNCA pagar sin ver vehículo.
  • CITA en persona obligatoria.
  • Revisar informe DGT.
  • Contrato POR ESCRITO antes de pagar.

Estafas habituales:

  • Vendedor en «el extranjero» que pide transferencia.
  • Precio muy inferior al mercado.
  • Foto de web copiada.
  • Vehículo «no disponible» cuando se acude.

Alternativas: LEASING y RENTING

Leasing:

  • Alquiler con opción a compra al final.
  • Cuotas mensuales + opción de compra residual.
  • Fiscal: deducible para empresas.

Renting:

  • Alquiler puro por 2-5 años.
  • TODO incluido: seguros, mantenimiento, ITV.
  • Sin propiedad al final.

Perfil:

  • Autónomos y empresas habituales.
  • Particulares cada vez más.

Vehículos por HERENCIA o DONACIÓN

Sin ITP:

  • Aplicable Impuesto Sucesiones y Donaciones (ISD).
  • Cuantía: depende de CCAA (con bonificaciones familiares).

Trámite en DGT:

  • Documentación específica: escrituras, adjudicaciones.
  • Con ISD pagado o justificado exento.

Herencia, donación y otros títulos de transmisión

Ilustración de un intercambio de dinero por un coche entre dos manos, simbolizando una compraventa

Transmisión por HERENCIA

Base: Código Civil libro III + normativa autonómica de ISD.

Documentación necesaria:

1. Certificados:

  • Certificado de defunción.
  • Certificado de últimas voluntades (Ministerio Justicia).
  • Certificado de contratos de seguros.

2. Título hereditario:

  • Testamento (si existe) por notario.
  • Declaración de herederos ab intestato (sin testamento).
  • Cuaderno particional o convenio entre herederos.

3. Adjudicación específica:

  • Escritura de adjudicación del vehículo a un heredero concreto.
  • Consentimiento de todos los herederos.

4. Impuesto Sucesiones:

  • Modelo 650 (ISD).
  • Cuantía: variable por CCAA (con bonificaciones familiares).
  • Plazo: 6 meses tras el fallecimiento (prorrogable 6 más).

5. IVTM:

  • Del año en curso pagado.
  • Sin deudas pendientes.

Trámite en DGT:

  • SIN ITP (aplica ISD).
  • Con tasa 55€.
  • En 6 meses habitualmente desde el fallecimiento.

Coste:

  • Habitualmente MENOR que compraventa (bonificaciones).
  • Depende de CCAA y grado de parentesco.

Ejemplo:

  • Herencia de hijo con cónyuge: ISD prácticamente exento en muchas CCAA.
  • Herencia entre hermanos: ISD más elevado.

Transmisión por DONACIÓN

Base: CC arts. 618-656 + normativa autonómica ISD.

Documentación:

  • Escritura de donación (obligatoria si es entre familia directa).
  • DNI/NIE donante y donatario.
  • Impuesto ISD pagado.

Impuesto Sucesiones y Donaciones:

  • Modelo 651 (donaciones).
  • Cuantía: variable por CCAA.
  • Bonificaciones familiares: cónyuge, hijos, padres.

Trámite en DGT:

  • Con documentación anterior.
  • Tasa 55€.

Adjudicación en DIVORCIO

Base: art. 1344 CC (gananciales) + art. 82 CC (separación).

Documentación:

  • Sentencia de divorcio o convenio regulador aprobado.
  • Con adjudicación específica del vehículo a un cónyuge.

Sin ITP habitualmente:

  • Si es adjudicación en pareja.
  • Con Compensación entre cónyuges.

Trámite en DGT:

  • Con sentencia o convenio.
  • Tasa 55€.

Adjudicación JUDICIAL

Concepto: transmisión por decisión judicial.

Casos:

  • Embargo ejecutado.
  • Subasta pública.
  • Adjudicación al mejor postor.

Documentación:

  • Sentencia judicial.
  • Acta de subasta.

Sin ITP habitualmente.

CANJE de vehículo

Concepto: dos personas se intercambian sus vehículos.

Tratamiento:

  • Doble compraventa conceptualmente.
  • Cada uno paga ITP de su vehículo recibido.

Documentación:

  • Contrato de canje.
  • Con valoraciones de ambos vehículos.

Aportación a SOCIEDAD

Empresario que aporta un vehículo a su empresa:

  • Como capital o aportación.
  • Con IVA en algunos casos.
  • Sin ITP típicamente.
  • Documentación específica de la sociedad.

DUPLICADO de permiso

Cuando NO es transmisión pero se necesita nuevo permiso:

  • Por PÉRDIDA, ROBO o DETERIORO.
  • Cambio de DOMICILIO del titular.
  • Modificación de datos técnicos.

Coste: 20,60€ (tasa DGT).

Sin cambio de titularidad:

  • Sin ITP.
  • Sin cambio de titular en Registro.

Cómo obtener ayuda profesional

Gestorías administrativas:

  • Comisión: 30-100€ por transferencia.
  • Gestionan todo el proceso.
  • Recomendable si no tienes tiempo o firma digital.

DGT:

  • Sede electrónica dgt.es.
  • App miDGT gratis.
  • Jefaturas Provinciales.

Consejerías autonómicas de Hacienda:

  • Para ITP.
  • Modelos y trámites online.

AEAT (Agencia Tributaria):

  • Valores fiscales oficiales.
  • agenciatributaria.gob.es.

Abogado especialista en Derecho de tráfico:

  • Para casos complejos (vicios ocultos, estafas, herencia).
  • Honorarios: 200-1.500€.
  • A éxito: 15-25% del importe recuperado.

Notarios:

  • Para donaciones y herencias.
  • Escrituras públicas.
  • Coste: 30-500€.

OCU y FACUA:

  • Reclamaciones por vicios ocultos.
  • Servicios para socios.

Peritos técnicos:

  • Inspección independiente.
  • INFORME PERICIAL en litigios.
  • Coste: 100-500€.

Talleres independientes:

  • Revisión pre-compra.
  • 40-80€ habitualmente.

RACE, RACC, AEA: clubes automovilistas con servicios integrados.

Herramientas online:

  • Sede DGT: sede.dgt.gob.es.
  • App miDGT.
  • Coches.net: informes técnicos.
  • Autonauta: valoraciones.
  • HistoricalVIN: historial kilómetros.
  • CarVertical: informes europeos.

Este contenido tiene fines informativos y no sustituye el asesoramiento personalizado. Para trámites de transferencia consulta con una gestoría o para reclamaciones por vicios ocultos con un abogado especialista. Última actualización: julio de 2026.

Preguntas frecuentes

Firma del contrato de compraventa, pago del ITP autonómico (4-8%) en 30 días, verificación del IVTM pagado, y solicitud en la sede electrónica DGT o Jefatura Provincial con tasa de 55€. Plazo obligatorio: 10 días hábiles desde la compra; fuera de plazo, multa de 100-200€.

Tasa DGT de 55€ más el ITP autonómico (4-8% del precio real o valor fiscal, el mayor de los dos), más gestoría opcional (30-100€). Ejemplo en Madrid con un coche de 8.000€: 375€ sin gestoría; en Andalucía, el mismo coche costaría 695€ por el ITP más alto.

A través de la sede electrónica de la DGT, identificándose ambas partes con Cl@ve, DNIe o certificado digital, introduciendo la matrícula y los datos de comprador y vendedor, pagando la tasa de 55€ y subiendo el contrato y justificantes de ITP e IVTM en PDF. El permiso digital se descarga de inmediato en la app miDGT.

Por costumbre, el comprador paga la tasa DGT, el ITP y la gestoría si la contrata, mientras que el vendedor paga el IVTM del año en curso y cancela cargas o embargos si los hay. Es recomendable dejarlo explícito en el contrato, ya que no está fijado por ley.

Entre 55€ de tasa DGT y el ITP autonómico (que varía del 4% al 8% según CCAA), más 30-100€ de gestoría si se contrata. Los vehículos de más de 12 años suelen tener un ITP mínimo simbólico de 30-60€.

Requiere que ambas partes tengan identificación electrónica activa (Cl@ve, DNIe o certificado digital). Se accede a la sede de la DGT, se suben los documentos en PDF firmados electrónicamente, se paga la tasa y se firma digitalmente, obteniendo el permiso digital en 24-48 horas.

Permiso de circulación, ficha técnica con historial de ITV, recibo de ITV en vigor, recibo de IVTM pagado, DNI del vendedor, informe de vehículo de la DGT (opcional, 8,60€), certificado de cancelación de cargas si aplica, y un contrato de compraventa con los datos completos y los kilómetros exactos.

Puedes ejercer la acción redhibitoria (resolver el contrato y recuperar el dinero) o la acción estimatoria (mantener el contrato con rebaja del precio), y reclamar daños si el vendedor conocía el defecto. El plazo es de 6 meses desde la entrega del vehículo, reclamando primero por burofax y después por vía judicial si es necesario.

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Equipo editorial de Cosaslegales.es.