Tener coche en España significa convivir con una maraña de normas, plazos y trámites que casi nadie te explicó al sacarte el carnet: una multa que llega meses después de la infracción, unos puntos que se esfuman sin que sepas muy bien cómo recuperarlos, una ITV que caduca, un seguro obligatorio que no puedes saltarte, un parte de accidente que hay que rellenar bajo los nervios del momento. Esta guía es el mapa de todo eso. No pretende que te lo aprendas de memoria, sino que sepas, en cada situación, qué derechos tienes, qué plazos corren en tu contra y dónde acudir para resolverlo sin pagar de más ni perder la razón por desconocimiento.
El tráfico es, probablemente, el terreno donde más ciudadanos se topan con la Administración a lo largo de su vida. Y también donde más se paga por no conocer las reglas: multas que se podrían haber recurrido, recargos por no pagar a tiempo, puntos perdidos que se podrían haber recuperado con un curso. Conocer el marco te ahorra dinero y disgustos. Vamos por partes, empezando por lo que más quebraderos de cabeza da: las multas.
Multas y sanciones: plazos, recursos y el descuento del 50%
Cuando te llega una multa, lo primero que corre es el reloj. Tienes veinte días naturales para actuar, y en ese plazo se juega casi todo. Si reconoces la infracción y pagas pronto, la ley te premia con una reducción del 50% del importe: es el llamado pago con descuento, que a cambio implica renunciar a recurrir. Si crees que la multa es injusta, en cambio, puedes presentar alegaciones dentro de ese mismo plazo, aportando pruebas (fotos, testigos, defectos en la notificación o en el procedimiento). Muchas sanciones se anulan por errores de forma: una notificación mal practicada, un radar sin la homologación en regla, o la falta de identificación del conductor cuando la ley lo exige. Si la multa acaba siendo firme y no la pagas, la Administración puede embargarte por vía de apremio con un recargo. Y ojo con los plazos de prescripción: las sanciones leves prescriben a los seis meses y las graves y muy graves al año, un detalle que a veces juega a tu favor. Todo el detalle de cómo recurrir paso a paso, con modelos de alegaciones, está en la guía de multas y sanciones de tráfico.

El carnet por puntos: cómo funciona y cómo recuperarlos
Desde 2006 el permiso de conducir funciona por puntos: empiezas con doce (o con ocho si eres conductor novel), y cada infracción grave o muy grave te resta entre dos y seis. Cuando llegas a cero, pierdes la vigencia del permiso y tienes que superar un curso de sensibilización y reeducación vial más un examen para recuperarlo. La buena noticia es que los puntos no se pierden para siempre: si no cometes infracciones, los recuperas automáticamente con el tiempo (dos años para las graves, tres para las muy graves), y también puedes recuperar hasta seis puntos haciendo un curso voluntario en un centro autorizado, una vez cada dos años. Saber cuántos puntos te quedan es sencillo y gratuito a través de la sede electrónica de la DGT con certificado digital, Cl@ve o incluso la app miDGT. Conviene consultarlo de vez en cuando, porque las restas por infracciones detectadas por radar a veces tardan en reflejarse y es fácil perder la cuenta.

Trámites con la DGT: ITV, seguro obligatorio y permiso de circulación
Circular legalmente exige tener tres cosas en regla, y descuidar cualquiera de ellas puede salir caro. La primera es la ITV: la inspección técnica periódica que certifica que el vehículo es seguro; circular con la ITV caducada es infracción grave y, si el coche está en mal estado, puede acarrear la inmovilización. La segunda es el seguro obligatorio de responsabilidad civil, el único que la ley exige sin excepción para cualquier vehículo a motor, incluso si no lo usas: conducir sin él es una de las infracciones más caras y puede llevar aparejada la retirada del vehículo. La tercera es tener el permiso de circulación y la documentación del coche al día, especialmente tras una compraventa, donde el cambio de titularidad debe hacerse en plazo para no responder de las multas del nuevo dueño. A todo esto se han sumado en los últimos años las Zonas de Bajas Emisiones de las grandes ciudades, que restringen el acceso según el distintivo ambiental del vehículo (etiqueta 0, ECO, C, B o sin etiqueta), con multas para quien entra sin autorización.

Accidentes de tráfico: qué hacer y cómo reclamar
Un accidente, por leve que sea, activa un protocolo que conviene conocer antes de necesitarlo. Lo primero es rellenar el parte amistoso de forma completa y honesta, porque ese documento será la base de toda la tramitación posterior; si hay heridos o desacuerdo entre las partes, es mejor avisar a la autoridad para que levante atestado. A partir de ahí, si has sufrido daños personales, entra en juego el baremo de tráfico, un sistema legal que cuantifica las indemnizaciones según la gravedad y duración de las lesiones. Las aseguradoras suelen ofrecer una primera cifra que casi siempre es mejorable, y tienes derecho a un informe médico independiente y a reclamar lo que corresponda. Cómo se calcula la indemnización, qué plazos hay y cómo reclamar frente a la aseguradora lo tienes desarrollado en la guía de accidentes de tráfico e indemnización.
Comprar y vender un coche sin sustos
La compraventa de un vehículo de segunda mano es uno de los momentos donde más gente se lleva un disgusto por no atar los cabos. Para el comprador, la clave es verificar antes de pagar que el coche no arrastra cargas, embargos ni multas pendientes, algo que se comprueba con un informe de la DGT. Para el vendedor, lo esencial es notificar la venta a la DGT y asegurarse de que el cambio de titularidad se completa, porque hasta que eso ocurra sigue figurando como titular y puede recibir las multas del nuevo conductor. El contrato de compraventa por escrito, con los datos de ambas partes y el estado del vehículo, protege a los dos y es la mejor prueba si luego surge un problema con vicios ocultos.
Puntos clave
Ante una multa, corren 20 días: pagar pronto da un 50% de descuento (pero renuncias a recurrir); alegar en ese plazo con pruebas puede anularla, sobre todo por defectos de notificación o del radar.
Las multas prescriben: las leves a los seis meses, las graves y muy graves al año; un plazo que a veces juega a tu favor.
Los puntos se recuperan: automáticamente con el tiempo si no reincides, o hasta seis puntos con un curso voluntario cada dos años; consúltalos gratis en la sede de la DGT o la app miDGT.
Tres cosas obligatorias para circular: ITV en vigor, seguro obligatorio de responsabilidad civil y documentación al día; fallar en cualquiera es infracción grave.
El seguro obligatorio no es opcional: la ley lo exige a todo vehículo a motor aunque no lo uses; circular sin él está entre las sanciones más caras.
En un accidente, el parte lo es todo: rellénalo completo; para daños personales, el baremo fija la indemnización y la primera oferta de la aseguradora suele ser mejorable.
Al vender el coche, notifica la venta a la DGT: hasta que se complete el cambio de titularidad sigues siendo responsable de las multas del nuevo dueño.
Marco legal
Real Decreto Legislativo 6/2015 (Ley sobre Tráfico y Seguridad Vial): el texto base que regula infracciones, sanciones, el permiso por puntos y el procedimiento sancionador.
Reglamento General de Circulación (RD 1428/2003): desarrolla las normas de conducción y las conductas sancionables en la vía.
Ley 35/2015 (baremo de tráfico): fija el sistema de valoración de los daños y perjuicios en accidentes de circulación.
RD Legislativo 8/2004 (seguro obligatorio): establece la obligación del seguro de responsabilidad civil y el papel del Consorcio de Compensación de Seguros.
Reglamento General de Vehículos y normativa de ITV: regula la documentación, la inspección técnica periódica y los requisitos para circular.
Guías relacionadas
Este es el índice del vertical; cada tema tiene su guía en profundidad. Si tu problema es una sanción, la guía de multas y sanciones de tráfico explica cómo recurrir paso a paso, con modelos de alegaciones y los plazos exactos. Si has tenido un accidente, la guía de accidentes de tráfico e indemnización detalla cómo se calcula el baremo y cómo reclamar a la aseguradora. Y como el seguro del coche es el único obligatorio por ley, conviene tener claras sus coberturas: la guía del seguro de coche explica las diferencias entre terceros, todo riesgo y franquicia.
Preguntas frecuentes
Norma (RD 1428/2003) que desarrolla la Ley Seguridad Vial y regula las condiciones para circular en España: normas de comportamiento, señalización, límites de velocidad, alcohol y drogas, uso de casco y cinturón, y circulación urbana. Aplicable a todos los conductores en España, incluidos extranjeros de paso.
Leves: 100€ sin puntos. Graves: 200-500€ con 2-6 puntos (móvil, cinturón, semáforo). Muy graves: 500-1.000€ con 6 puntos (alcoholemia, drogas). Delito penal en excesos graves de velocidad o alcoholemia. Descuento del 50% pagando en 20 días naturales. Recurso: alegaciones (20 días), reposición (1 mes), contencioso-administrativo (2 meses), con éxito del 45-55% con abogado.
Saldo inicial de 12 puntos (8 para noveles), con pérdidas de 2 a 6 puntos según infracción. Se recuperan automáticamente tras 2-3 años sin infracciones, o con un curso de sensibilización de 12 horas que recupera hasta 6 puntos. Con 0 puntos hay que entregar el carnet y superar un curso de 24 horas más examen para recuperarlo.
Contrato de compraventa por escrito, pago del ITP autonómico (4-8%), IVTM del año pagado por el vendedor, y solicitud en la DGT (tasa 55€) en un plazo de 10 días hábiles desde la venta. Fuera de plazo hay multa de 100-200€.
Los radares aplican un margen de error a favor del conductor: 7 km/h para velocidades hasta 100 km/h, y un 7% por encima de esa cifra. Se puede impugnar la multa si el radar no está homologado o no tiene certificado de calibración vigente.
Asistencia médica gratuita, indemnización por lesiones y secuelas según el baremo de la Ley 35/2015, daños morales y materiales, y oferta motivada del seguro contrario en 3 meses. Si no llega la oferta, se generan intereses moratorios del 20% anual, con vía judicial disponible si la oferta es insuficiente.
Los turismos pasan la primera ITV a los 4 años, luego cada 2 años hasta los 10, y anualmente después. Motos: primera a los 4 años, luego cada 2. Camiones y taxis: anual desde el inicio. No pasarla conlleva multa de 200€ más posible inmovilización.
Clasifican los vehículos por emisiones en Etiqueta 0 (eléctricos e híbridos enchufables), ECO, C y B según año y combustible, siendo obligatorios en las Zonas de Bajas Emisiones de municipios de más de 50.000 habitantes desde 2023. Circular sin distintivo en una ZBE conlleva multa de 200€.
