¿En qué consiste la declaración de herederos abintestato?

La declaración de herederos abintestato es una declaración que tienen que hacer los familiares de una persona, que se consideren herederos, cuando esta fallece sin haber hecho testamento. Hay que tener en cuenta en primer lugar, que hay muchas personas que hacen testamento y no se lo comunican a sus familiares, por lo que el primer paso debe consistir en asegurarse que no existe testamento.

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martes, 12 marzo, 2019
¿En qué consiste la declaración de herederos abintestato?

Por tanto, una vez asegurados de la no existencia de testamento, el procedimiento que deben seguir los herederos para reclamar la herencia es mediante lo que se conoce como declaración de herederos abintestato.

Según la ley 15/2015 de 2 de julio de la Jurisdicción Voluntaria, sólo se puede realizar la declaración de herederos abintestato ante notario.

Esta declaración se puede realizar ante un notario de la localidad donde residía el fallecido, aunque gracias a esta ley, también se puede realizar ante un notario de la localidad donde tuvo lugar el fallecimiento, del lugar donde esté la mayoría del patrimonio del fallecido o un notario que se encuentre en un lugar cercano a los anteriores.

En caso de no poder acudir a ninguno de los anteriores, este trámite también puede realizarse ante el notario que corresponda al lugar donde reside el interesado en heredar.

Documentos a presentar para la declaración de herederos abintestato

Junto con la declaración hay que presentar los siguientes documentos:

  • Certificado de defunción
  • Libro de familia del fallecido
  • DNI del fallecido
  • Identificación de los interesados y documentos acreditativos del parentesco
  • Además deberán acudir dos testigos

Si no se logra averiguar el domicilio de algunos de los interesados, el notario publicará un anuncio en el Boletín Oficial del Estado. En el plazo de un mes desde la publicación del anuncio, cualquier interesado podrá oponerse o aportar los documentos que considere oportunos.

Una vez transcurridos veinte días hábiles desde la declaración inicial o un mes desde la publicación del anuncio, el Notario hará constar su juicio de conjunto sobre la acreditación por notoriedad de los hechos y presunciones en que se funda la declaración de herederos.

Por último, hay que tener en cuenta que no hay un plazo establecido desde el fallecimiento para proceder a la declaración de herederos abintestato, pero sí que lo hay para pagar los impuestos correspondientes.

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