Desahucio por precario

El precario, consiste en una relación jurídica entre el propietario de la vivienda y otra persona, donde el propietario cede el uso y disfrute del inmueble a esa persona,  con carácter gratuito y por un período de tiempo. Es el carácter gratuito de este tipo de desahucio, el que lo diferencia del contrato de arrendamiento, en el cual el arrendatario,  paga una renta al arrendador.

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miércoles, 19 diciembre, 2012
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Para que el Juez pueda estimar el precario, se van a necesitar los siguientes requisitos:

- legitimación activa del demandante, el cual deberá acreditar la posesión real y efectiva del inmueble,  por medio de cualquier título que acredite que es el verdadero dueño de la vivienda.

- legitimación pasiva, quiere decir que la persona que posee realmente el inmueble, deberá probar su posesión por medio de cualquier título que le confiera la citada posesión.

En caso de que un propietario haya cedido gratuitamente una vivienda a un amigo o a un familiar por un tiempo determinado y, cuando llegue el momento de recuperar la casa, y el inquilino se niegue a abandonarla, es requisito indispensable redactar una demanda para que posteriormente, se celebre un juicio verbal con el objetivo de recuperar la casa.

La demanda para un desahucio por precario deberá contener la siguiente información:

- Datos del representante legal del demandante y del propietario del inmueble.

- Objeto de la demanda: la petición de un juicio de desahucio por precario.


- Hechos: pruebas de la compra del inmueble por parte del propietario, fecha de inicio del arrendamiento, el deseo de recuperar la vivienda y el resto de todos los documentos que lo certifiquen.

- Fundamentos del derecho correspondientes en este caso.

- Fecha y firma.

Es muy importante, para que prospere la acción de desahucio, que la propiedad del inmueble, la cual es objeto del proceso,  quede suficientemente acreditada.

Fuente Imagen Thinkstock.

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