¿En qué consiste el derecho de tanteo?
El derecho de tanteo es la facultad con la que cuenta el inquilino para comprar la vivienda de manera preferente siempre que pague la misma cantidad de dinero que ofrece un tercero.
Cuando un propietario va a vender el inmueble este debe de avisar con antelación al inquilino. Este aviso debe de darse debido a que el inquilino tiene prioridad de cara a poder comprar el inmueble en las mismas condiciones que otro comprador.


¿En qué consiste el derecho de retracto?
A diferencia del derecho de tanteo el derecho de retracto se lleva a cabo después de que se haya realizado la venta del inmueble. Gracias a este derecho el inquilino puede comprar la vivienda con las mismas condiciones y el precio a la que ha sido vendida a un tercero.
Para que este derecho se pueda ejercer se tienen que dar algunas condiciones. En primer lugar, que el propietario no haya notificado de la venta al inquilino o haya omitido alguna condición importante. Por otro lado, que el precio al que el propietario ha vendido el piso sea inferior a lo que habría ofrecido el inquilino de cara a su adquisición preferente.
Mientras que con el derecho de tanteo el inquilino dispone de 30 días para llevar a cabo la compra, lo mismo sucede con el derecho de retracto al caducar también a los 30 días.
Estos derechos no se podrán ejercer cuando la vivienda se venda de forma conjunta con otras propiedades o inmuebles.