Cómo cambiar la titularidad en una vivienda

Por gema3 min de lectura
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Cómo cambiar la titularidad en una vivienda

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¿Te gustaría saber cómo cambiar la titularidad en una vivienda?, te damos algunos detalles desde nuestro blog de Derecho.

A la hora de incluir al cónyuge u otra persona como copropietario en la escritura de una vivienda no resulta una tarea sencilla, ya que conlleva unos  costes y diversos  trámites qué realizar, además de que los gastos pueden variar de una comunidad a otra.

Formas de cambiar la titularidad en una vivienda

Existen dos formas para cambiar la titularidad, por compra-venta o por donación y te explicamos cuáles son sus aspectos más importantes de cada una de ellas:

Cómo cambiar la titularidad en una vivienda

Cambio de titularidad por compra-venta

La compra-venta es de las dos, la variedad más económica, a la hora de introducir la pareja en la titularidad de la escritura; los gastos  notariales se comparten, pero el resto son variables, dependiendo de si es comprador o vendedor.

Gastos de comprador

Gastos que conlleva el cambio de escritura en el Registro de la Propiedad.

– Actualización de titularidad en el  Catastro.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, de un 7% sobre la cantidad final de la compra-venta.

Gastos compartidos de los honorarios notariales .

Gastos del vendedor

Pago del Impuesto de plusvalía municipal  según el municipio y el valor catastral del suelo donde se encuentra el inmueble..

Formas de cambiar la titularidad en una vivienda

– En función del precio de la vivienda, habrá que pagar un 18% de IRPF, debido a  la diferencia entre la transmisión y la adquisición.

– Gastos compartidos de los honorarios notariales .

Cambio de titularidad por donación

– En la donación existen algunos trámites que son iguales que en la compra-venta, como sucede con los gastos notariales y el cambio de escritura en el Registro de la Propiedad.

– Pero por regla general, el Impuesto Sobre Donaciones suele salir extremadamente caro, y habrá que pagar algo más de un 7% como mínimo, pudiendo llegar hasta el 34%.

-Los gastos resultan inferiores,  si los trámites quedan finalizados antes de que se cumpla el año, que contará desde que uno de los miembros de la pareja adquiriera la vivienda, o si antes de formalizar la donación, contraen matrimonio.

-Cuanto  mayor es el patrimonio recibido, más hay que pagar, pero además hay que sumarle una serie de coeficientes variables según el parentesco que una a las personas implicadas en la operación, y además habrá que tener en cuenta el patrimonio que ya existía de quien recibe la donación.

-En grado directo,  padres e hijos o cónyuge se multiplicará por uno, si se quiere incluir en la escritura a la pareja sentimental, se multiplicará por dos. Esto es debido a que la pareja no está casada, aunque en todo caso será la comunidad autónoma donde se esté domiciliado,  la que dictará que baremo aplicar en caso de no existir matrimonio,  y además se deberá de tener en cuenta el patrimonio con el que ya contaba la persona a la que se le van a donar los bienes.

Para una información relacionada, te proponemos leer nuestro artículo «Cómo tasar tu casa«.

¿Qué os parece esta información sobre cómo cambiar la titularidad en una vivienda?

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gema

Equipo editorial de Cosaslegales.es.