
A la hora de vender o comprar un piso, se requieren una serie de documentos, los cuales se deben de respetar rigurosamente, lo que garantiza a ambas partes la seguridad del negocio. Por ello es muy importante recabar información correcta, para evitar futuros problemas que pudieran existir.
¿Qué requisitos legales cumplir para comprar o vender un piso?
Tanto por parte del comprador como por parte del vendedor del piso, se deberán de cumplir uno requisitos legales, se pueda llevar a cabo:
– El vendedor debe de facilitar una copia de la escritura notarial, donde se acredite que es propietario del piso y donde se encuentren los datos referentes al Registro de la Propiedad, donde figuren los datos exactos, por lo cual el comprador debe de constatar que los datos son exactos.
– Con estos datos que ha proporcionado el vendedor de la vivienda y que figuran en la Escritura del Registro de la Propiedad, con el número del Registro, finca y folio entre otros, se deberá de pedir en el Registro una nota simple, donde conste que la propiedad no posee cargas, embargos, censos, tasas, condiciones resolutorias o cualquier otra deuda. Si fuera necesario cualquier Agente Inmobiliario o un intermediador financiero puede conseguir la nota simple de manera fácil.

Si existiera alguna condición resolutoria o carga, se deberá de exigir al vendedor que se haga cargo de los gastos.
– Se debe de solicitar el último recibo de la contribución o IBI, ya que el propietario de una vivienda debe pagar unos impuestos, por lo que es importante saber en qué situación de pago se encuentra, ya que debe de estar al corriente de pagos.
– Solicitar un justificante en la Comunidad de Vecinos de que se está al corriente de pago en los gastos de Comunidad y que no existe ninguna cuota o reparación extraordinaria pendiente de pago.
Al mismo tiempo el comprador deberá de informarse de qué obligaciones tiene que hacerse cargo con la Comunidad de Vecinos y a cuánto asciende la cuota que debe de abonar, deberá de comprobar que el piso no está alquilado y en caso de adquisición del piso, los gastos de compra-venta del piso correrán a su cargo, excepto el impuesto de plusvalía, del cual deberá hacerse cargo el vendedor.
También se habrá de verificar que los últimos recibos de servicios se encuentran al corriente de pago y que tiene en vigor la Inspección Técnica del Edificio.
Por la compra de la vivienda, se habrá de correr con los gastos de Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, que suele ser el 6 o 7% y depende de cada Comunidad Autónoma, y está condicionado en algunos caso de factores como la edad o los ingresos del comprador; dicho porcentaje se aplicará por el importe que figura en la escritura.

Por último ambas partes, tanto comprador como vendedor deberán de acudir con la escritura de la vivienda a un notario, quien dejará constancia del importe que se desea que figure en las escrituras de la vivienda.
Quedará fijada una fecha para la firma de las escrituras y el pago de la misma, y con la escritura, firmada, habrá que presentarla en el Registro de la Propiedad, que garantizará la propiedad.
Nuevo requisito legal para vender o alquilar un piso
Una de las nuevas medidas es el Certificado de Eficiencia Energética del Edificio, el cual están obligados a presentar:
– Edificios de nueva construcción.
– Edificios o partes de los mismos que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario.
– Edificios o partes de los mismos en los que una autoridad pública ocupe una superficie útil total superior a 250 m2 y que éstos sean frecuentados de forma habitual por el público.