Si el deudor no paga voluntariamente y se opone a hacerlo en el plazo concedido, el procedimiento finaliza de manera automática, mediante una resolución que permitirá al demandante acudir a la ejecución forzosa.
¿Qué requisitos se deben cumplir para un juicio monitorio?
Para que se admita la solicitud se necesitan cumplir una serie de requisitos:
- Debe de estar determinada y se sabe claramente la cantidad que se va a pagar.
- Sea exigible, por lo que el deudor está obligado al pago.
- La deuda debe de ser líquida, en forma de dinero, no activos o acciones.
- Se mostrará vencida y ha de ser reclamable desde el momento que se presenta la solicitud. Desde el año 2011 se pueden reclamar deudas de cualquier cuantía.
Documentos que se deben de presentar
Será necesarios presentar los siguientes documentos:
- Prueba que acredite la relación entre las partes, como facturas o albaranes creados por el deudor, también documentos con la firma del deudor o certificaciones de impago entre otros.
- El procedimiento monitorio no necesita abogado ni procurador en un principio, tan sólo la firma del interesado al presentar la solicitud, pero si el demandado se opone, si se obligará a su asistencia en el posterior juicio si se superan lo 2000 euros; también será necesaria su asistencia, en el juicio, si el demandado no paga de forma voluntaria y si la deuda supera los 2000 euros.
- Si la solicitud se presenta en nombre de una sociedad será necesario la presentación de un poder notarial.
- Copia de todos los documentos que se vayan a presentar.
- Copia de la solicitud en la que se deberán de incluir la mayor parte posible de todos los datos del demandado, como el nombre, la dirección, DNI...., para poder realizar un mayor número de averiguaciones. Se deberá de presentar en el Registro que corresponda al demandado, el cual será remitido al Juzgado de Primera Instancia
Procedimiento del juicio monitorio
Después de presentar la solicitud, pueden existir circunstancias para su inadmisión, si esto ocurre, se dará cuenta al Juez para que adopte la correspondiente decisión, pero si se admite a trámite, se requerirá el pago al demandado.
¿A qué vías puede optar el demandado?
- Pagar voluntariamente al demandante o bien en el Juzgado, que después de su verificación se archivará el expediente.
- Oponerse al pago, mediante un escrito donde se exponga que no debe esa cantidad en todo o en parte, que deberá de ir acompañado de abogado y procurador, y se continuará con el proceso de juicio verbal hasta 6000 euros o juicio ordinario si son más de 6000 euros
- Dejar pasar el plazo sin pagar ni oponerse.
Mediante un Decreto Judicial se finalizará el procedimiento y se fijará la cantidad a reclamar en el proceso de ejecución.
Para más detalles, te proponemos leer nuestro artículo "¿Qué es el proceso monitorio?"
¿Qué os parece esta información sobre los requisitos para un juicio monitorio?
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