¿Qué hacer para tener un abogado de oficio?

El abogado de oficio es el profesional del derecho, que se encarga de proporcionar asistencia jurídica a las personas que no poseen recursos, y se adjudica al cliente que lo solicita a partir de una lista, llamada turno de oficio, lo cual se realiza por riguroso orden.

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gema
martes, 2 abril, 2013

El abogado de oficio es gratuito,  cuando los ingresos brutos de la unidad familiar no superan el  doble del salario mínimo interprofesional.

Pueden solicitar un abogado de oficio, quienes tengan ingresos inferiores a 14.910 euros anuales, es decir,  menos de 1.242 euros al mes; así como los discapacitados, y los pensionistas por incapacidad,  siempre que su renta sea inferior a 2.485 euros al mes y quienes sean ciudadanos españoles o se acojan a asilo político.

¿Qué hacer para tener un abogado de oficio?

Los trámites necesarios para solicitar un abogado de oficio son: rellenar una instancia en el "Servicio de orientación jurídica", de todos los colegios de abogados, o del juzgado que se encarga del caso, o en su defecto entrandop a la página web justicia gratuita.

Deberás de cumplimentar la solicitud, con tus datos personales, los de tu cónyuge o familiares que convivan contigo; así como también, los datos que acrediten la situación económica de la unidad familiar.

Los servicios de orientación jurídica del colegio de abogados, se encargarán de revisar tu solicitud que será contestada en un plazo máximo de 30 días, si tienes derecho a un abogado de oficio.

En el ámbito penal, el Servicio de asistencia al detenido tiene la función de proporcionar asistencia a aquellos ciudadanos que han sido detenidos policial o judicialmente,  y que no designen o pidan expresamente un abogado particular .

Se realiza,  con el fin de dar cobertura a su derecho constitucional de defensa garantizada, siendo este servicio permanente y con una atención inmediata las 24 horas, y todos los días del año.

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3 comentarios en «¿Qué hacer para tener un abogado de oficio?»

  1. Tengo el siguiente problema:
    El día 16/1/13 mi hermano estaba en casa con mi madre de 92 años, mi hermano se encontraba grave, mi madre me llamó a las 12.07, yo a las 12.10 llamé al 112, llegue a casa a los 20 minutos y todavia la ambulancia no habia llegado, volvi a llamar al 112, lo mismo, llaman y dicen que van a mandar un medico de medicina general del ambulatorio más cercano, mi hermano está grave, no responde, yo le hago los primeros auxilios, a la 5 llamada llorando y gritando les digo que ya no hace falta que mande una ambulancia, mi hermano está muerto, y es en esta llamada cuando activan el que venga una ambulancia, llegó cuando ya nada se podia hacer ¿Cómo se llama a esto? FALTA DE AUXILIO, FALTA DE RESPETO A DOS PERSONAS EN MAL ESTADO, MI HERMANO AGONICO Y MI MADRE SOLA CON 92 AÑOS, SE LE LLAMA IRRESPONSABILIDAD, DESUMANIDAD, PASAR DE 5 LLAMADAS DE ANGUSTIA, (que les pedí concretamente que me pasaran los del SEM mis llamadas, las horas, etc. y tengo esa relación) He ido en persona al SEM y no saben que decirme, no tienen palabras, claro no han hecho NADA, Pero ellos dicen que su gestion ha sido CORRECTA. mentirosos. En fin fui a poner una denuncia y ayer recibo una carta que se decreta EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL y lo firma la jueza Silvia Lopez Mejia, me da tres días para apelar ¿Qué hago? ¿Tengo razón? Saludos

  2. Necesito actuar rápido ya que tengo 3 días si quiero continuar con la denuncia, pero necesito un abogado de oficio, gano 400 euros al mes. ¿Qué puedo hacer?

  3. estoy necesitando un abogado de oficio por temas de nacionalidad y para hacerle los papeles a mis hijos ya que son nacidos aquí me encuentro sin trabajo y se me acaba de vencer la tarjeta de extranjero nie la verdad no puedo pagar un abogado donde tengo que ir desde ya muchas gracias

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