¿Qué es la servidumbre de luces y vistas de un inmueble?

19 marzo 2015 | Por gema

La servidumbre de luces y vistas de un inmueble es una carga fiscal que se impone sobre una vivienda en beneficio de otro que pertenece a distinto dueño, con el fin de permitir la utilización de las fincas.

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Además tiene como características que la servidumbre es un derecho que limita el dominio y que siempre está unido a la propiedad, es un derecho sobre un bien ajeno, en el que va a existir una utilidad y donde concurren dos bienes inmuebles: el sirviente y el dominante.

Servidumbre de luces y vistas de un inmueble

-La servidumbre de luces y vistas se calificada como continua, pues su uso puede ser incesante, pues está continuamente a la vista por signos exteriores que revelan su existencia y el uso de la misma. -Para adquirir dicha servidumbre se necesita la existencia de título o estar prescrita durante veinte años, pero para poder determinar dicha adquisición habría que acudir a que se considere negativos o positivos los huecos abiertos de la servidumbre de luces y vistas. -Pero siempre habrá que valorar la posibilidad de que abrir huecos en la pared propia constituye una tolerancia no susceptible de protección posesoria y que dicha situación puede parar a voluntad del propietario de la finca contigua a esta y que levante una pared en suelo propio, aunque la ventana abierta por el vecino sea un obstáculo en la pared del vecino. Servidumbre de luces y vistas de un inmueble -Si no se ha pactado lo contrario, el dueño de la finca o propiedad contigua a la pared en donde han estado abiertos los huecos podrá cerrarlos si adquiere la medianería; además podrá cubrirlos si edifica en su terreno o levanta una pared contigua a la que tenga dicho hueco. -Tampoco se podrán abrir ventanas, balcones u otros semejantes, sobre la finca del vecino, si no existen dos metros de distancia entre la pared en que se construyan y la propiedad contigua. ¿Y vosotros?, ¿sabéis en qué consiste la servidumbre de luces y vistas de un inmueble?

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