Éstas aprovechan la situación de los clientes y después de realizar varios estudios, acerca de si es viable la concesión de la cantidad solicitada o no, la mayoría de las veces, nos aconsejan contratar determinados productos con ellos para que, de esta forma, esa concesión se haga efectiva, y entre ellos se encuentra el seguro del hogar.


Pero no sólo es obligatorio cuando se solicita un préstamo, sino que suele ser aconsejable en todo caso, incluso siendo inquilinos, ya que el hogar está amenazado por multitud de riesgos que pueden dañarlo en distintos grados, llegando incluso, en algunos casos, a su desaparición física o destrucción total con el consiguiente quebranto económico que ello supone.
Son muchas las veces en las que nos preguntamos para qué pagar anualmente esas cantidades de dinero en concepto de seguro del hogar, si luego realmente, la mayoría de las veces no ocurre ningún siniestro y por lo tanto, el asegurador, no se ve obligado a satisfacer nada, y por lo tanto creemos que es dinero perdido.
Pero eso es porque normalmente no hacemos uso de este seguro por el desconocimiento de lo que exactamente cubre nuestro seguro del hogar. Hoy en día, la mayoría de los seguros además de los posibles siniestros que puedan surgir dentro de nuestros propios domicilios o incluso a vecinos y colindantes, ofrecen una serie de servicios, a veces dentro de los bloques llamados garantías básicas y otras veces, incluidas en las garantías opcionales, y de las que la mayoría de los clientes desconoce su existencia.
¿Cuáles son las garantías básicas que todo seguro de hogar. debería cubrir? Siempre hay que estar muy atento a las exclusiones, franquicias y limitaciones que cada aseguradora ofrece pero en líneas generales se podría decir que las garantías mínimas suelen ser las siguientes:
- Daños acaecidos como consecuencias de incendios, rayos y explosiones.
- Los catastróficos y la mayoría de las veces extraordinarios como inundaciones, terremotos o huracanes.
- Actos malintencionados o vandálicos.
- Daños ocasionados por escapes de agua.
- Roturas de mármoles, vitrocerámicas, cristales, sanitarios…
- Gastos derivados de si por ejemplo se ha tenido la mala suerte de que se incendie un piso y esa familia y vecinos, en el caso de que existan) tengan que estar fuera de sus hogares (ejemplo alquileres) hasta que se vuelva a la normalidad (cada aseguradora suele fijar unos límites máximos)
- Responsabilidad civil, cuando por nuestros actos u omisiones o incluso de nuestra prole, causamos daños por nuestra negligencia y culpa
- Así como el dinero o valores que se encuentren en el momento del siniestro y por culpa de éste se pierdan, eso si, nuevamente con unos límites máximos
Hay otras garantías que en función de la aseguradora que contratemos pueden ser básicas o pueden ser optativas:
- Robos y atracos, dentro y fuera del domicilio, trasteros o garajes
- Hurtos
- Uso fraudulento de tarjetas de créditos, con límites máximos
- Roturas de cristales, lámparas…
- Deterioro de alimentos en frigoríficos
- Recomposición estética
- Asesoría jurídica y legal, así como defensa legal
- O Accidentes individuales etc.
Éstas son pues, en líneas generales, las garantías que nos ofrecen los seguros del hogar y como he dicho anteriormente, es importante tener en cuenta cuáles son los límites y restricciones que cada aseguradora tiene marcadas, tanto cuando hablamos de continente o lo que es lo mismo los paredes y techos de nuestras casas, como de contenido o todo lo que hay en el interior de las mismas.
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