Legitima, mejora y libre disposición en una herencia

Todo el caudal hereditario se divide  legalmente en tres tercios: la  legítima, la mejora y el  tercio de libre disposición. La legítima es la parte de la herencia de la que el testador no puede disponer libremente, porque por ley se reserva a determinados herederos forzosos, excepto que el testador decida desheredarlos expresamente.

2 comentarios
domingo, 29 julio, 2012

El tercio de mejora puede emplearse para favorecer  a alguno de los  hijos o descendientes. Se entiende que incrementa la cuantía de la legítima y con el tercio de libre disposición, el testador podrá hacer lo que crea más conveniente.

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Para fijar el valor de la legítima, se parte del valor que tengan los bienes y derechos del causante al momento de su fallecimiento, deduciéndose del mismo, el de las cargas y gravámenes - hipotecas o créditos, deudas pendientes de pago…, etc.-y la cuantía de la legítima varía,  dependiendo de los herederos que concurran a la herencia.

Legítima del conyuge. Si cuando se produce el fallecimiento no se encuentra separado o lo estuviese por culpa del fallecido, consistirá en:

- Si hay hijos y descendientes comunes: el usufructo del tercio de mejora.

- Si no hay descendientes pero viven sus ascendientes: El usufructo de la mitad de la herencia.

- Si concurre con hijos del fallecido no comunes y concebidos durante el matrimonio: El usufructo de la mitad de la herencia.

- Si no existen descendientes ni ascendientes: El usufructo de los dos tercios de la herencia.

En estos supuestos,  los herederos pueden optar por satisfacer al cónyuge viudo su parte de usufructo,  siguiendo otro método: asignándole una renta vitalicia, un determinado importe o atribuyéndole en propiedad determinados bienes.

La legítima de los hijos y descendientes está constituida por los dos tercios de la herencia del fallecido, salvo que el testador realice una disposición expresa del tercio de mejora en favor de alguno de ellos; en este caso la legítima estará compuesta por un solo tercio.

Fuente Imagen ThinkStock.

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2 comentarios en «Legitima, mejora y libre disposición en una herencia»

  1. Mi padre fallecio tenia el 70% de acciones de la Empresa deja conyugue superstite 2 hijos de matrimonio y 1 extra matrimonial
    Como seria la repartition de las acciones?????
    En Caso de haber dejado testamento y el Tercio de libre disponibilidad a uno de los hijos que parte le tocaria a la conyugue y los Otros dos hijos????

  2. Me gustaria saber si el heredero de la tercera parte de libre disposicion paga impuesto por heredar. Sí la persona fallecida tenía prestamos el heredero de la tercera de libre disposición tiene que pagar la deuda

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