
Por dar un ejemplo claro sobre la usura, sería interesante destacar el caso de Uruguay, en donde esta modalidad financiera es prohibida por la propia Constitución de la República, en cuyo artículo número 52, se expresa: “Prohíbese la usura. Es de orden público la ley que señale límite máximo al interés de los préstamos. Esta determinará la pena a aplicarse a los contraventores. Nadie podrá ser privado de su libertad por deudas”.
De igual manera que ocurre en territorio uruguayo, su prohibición es usual en todo el mundo, incluso en los países desarrollados.
Si bien en otras épocas no era muy bien visto que se cobrara intereses por el dinero prestado, es importante agregar en la actualidad los intereses mesurados, pactados por la ley de los diferentes países cuando se otorgan créditos y préstamos, son claramente un seguro para aquellas personas o instituciones que prestan capital a las personas.
La postura de la Iglesia Católica
La Iglesia Católica cuestiona la práctica de la usura, en relación a los intereses desmedidos en transacciones financieras. En relación a este tema, y en el marco de una reunión llevada a cabo en plena Plaza de San Pedro, Ciudad del Vaticano, el Papa Benedicto XVI hizo un llamamiento en contra del interés abusivo y elogió la gran labor realizada por el Consulta Nazionale Antiusura.
En esa ocasión, el supremo pontífice pidió al Estado italiano una mayor regulación en ese sentido y que se apoye a todas las personas que denuncien la usura y, además, instó a luchar de forma eficaz contra este fenómeno que, según palabras de Benedicto XVI, constituye una “humillante esclavitud”, publicó la agencia de noticias EFE.
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