La reforma de la Ley Concursal y el fútbol

Con la reforma de la Ley Concursal, aprobada por el Congreso,  se despeja el camino a la modificación que, a partir de julio de 2012, no impedirá que los clubes deportivos en suspensión de pagos eviten el descenso de categoría por deudas.

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sábado, 17 septiembre, 2011
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A día de hoy, un total de doce clubs están en concurso de acreedores: Rayo Vallecano, Real Zaragoza, Betis, Cádiz, Granada, Polideportivo Ejido, Xerez, Recreativo, Córdoba, Hércules, Mallorca y Racing de Santander, y precisamente hasta este momento a dichos equipos no se les aplica la sanción de descender de categoría por no pagar las deudas pendientes con la Seguridad Social, con sus jugadores o acreedores. Hasta ahora prevalecía el criterio de que su clasificación en la competición es un activo para el club, que de perderse pondría en serios aprietos su cuenta de resultados al resentirse gravemente los ingresos.

Con estos parámetros, han sido muchos los clubes de fútbol y de otros deportes que se han acogido a la Ley Concursal, poniéndose voluntariamente en manos de un juez, ante la más que segura continuidad en la categoría, mientras que el resto de clubs, que sí destinan fondos a pagar sus deudas, se sienten claramente discriminados.

Para acabar con esta lacra, el Gobierno ha incluido en la reforma de la Ley Concursal una disposición adicional que deja muy claro que la sujeción al procedimiento concursal "en todo caso no impedirá la aplicación de las disposiciones con rango de ley reguladoras de la participación en la competición".

De tal reforma que a partir del 31 de julio de 2012, cuando se aplique la reforma de la ley concursal sin excepciones, aquellos clubes que no están al día en el cumplimiento de sus obligaciones salariales con los deportistas u otro club, bajan directamente de categoría.

¿Te imaginas al Barcelona bajando de categoría por sus deudas?, ¿crees que se aplicará la reforma de la ley Concursal a rajatabla?

Imagen sujeta a licencia CC de cdaltorricom.

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