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El Gobierno de España ha sacado una nueva ley por la cual delimita la tributación de motocicletas en el Impuesto de Matriculación según los niveles de emisión de CO2, manteniendo la coherencia de la inspiración medioambiental de la reforma introducida por la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera. Es decir, que cuanto menos CO2 emitamos, menos impuestos pagaremos por poseer un ciclomotor.
Además, a las motocicletas de potencia igual o superior a 74 KW (100 CV) se les aplicará el tipo impositivo más alto, independientemente de sus emisiones de CO2, para combatir la elevada siniestralidad asociada a este tipo de vehículo.
Las nuevas tributaciones serían las siguientes:
TIPO | CRITERIOS DE DELIMITACIÓN |
---|---|
0 % | Emisiones no superiores a 80 g. CO2/km |
4,75 % | Emisiones no superiores a 80 g. CO2/km e inferiores a 100 g. CO2/km |
9,75 % | Emisiones no inferiores a 100 g. CO2/km e inferiores a 120 g. CO2/km |
14,75 % | Emisiones iguales o superiores a 120 g. CO2/km Motocicletas cuyas emisiones oficiales no se acrediten Motocicletas con una potencia superior a 74 Kw (100 cv) |