¿En qué consiste el régimen de gananciales?

A través del régimen de gananciales se hacen comunes para ambos cónyuges los beneficios obtenidos indistintamente por cualquiera de ellos; si la sociedad se disuelve, ya sea por fallecimiento de uno de los cónyuges o por separación de ambos, los bienes que se hubieran generado bajo ese régimen se repartirá a partes iguales entre ambos cónyuges.

0 comentarios
lunes, 30 julio, 2012
En que consiste el regimen de gananciales

Se considern bienes gananciales: los obtenidos por el trabajo de cualquiera de los cónyuges, las rentas o intereses que produzcan tanto los bienes privativos como los gananciales, los adquiridos por derecho de retracto, los adquiridos a costa del caudal común,y las empresas y establecimientos fundados por alguno de los cónyuges, mientras dure la vigencia de la sociedad.

En los bienes comprados a plazos hay que tener en cuenta que mientras está vigente la sociedad de gananciales, si los bienes son adquiridos por uno de los cónyuges y a plazos, tendrán carácter ganancial si el origen del primer desembolso que se hizo, fue ganancial independientemente de que el resto de las cuotas fueran pagadas por uno solo de los cónyuges, pero si el primer desembolso fue privativo, el bien será privativo.

La sociedad de ganaciales se puede disolver de las siguientes formas: disolución del matrimonio; matrimonio nulo; por declaración judicial de ausencia;  por separación judicial de las partes;  por pacto de capitulaciones matrimoniales de un régimen económico matrimonial diferente;  por incapacitación judicial de una de la partes y cuando una de las partes realice actos  que conlleven  fraude para los derechos de la otra parte,  dentro del régimen de gananciales.

De igual forma se establece la disolución cuando uno de los cónyuges es condenado por abandono de familia, por declaración judicial de quiebra; por separación de hecho de las partes durante más de un año; por abandono familiar o por mutuo acuerdo;  por liquidación de la sociedad de ganaciales y por deudas pendientes de una de las partes.

Fuente Imagen: bjearwicke/sxc.hu

Contenidos relacionados

  • ¿Qué es un contrato prematrimonial?

    Los contratos prematrimoniales son llamados en España capitulaciones prematrimoniales. Se trata de un documento o acuerdo firmado entre los cónyuges previo a la celebración del matrimonio. También pueden firmarse después de haber contraído matrimonio. El objetivo de este tipo de contratos o acuerdos es regular el régimen económico del matrimonio, así como establecer ciertas medidas de cara a un posible divorcio del matrimonio.   Este tipo de contratos se pueden redactar como hemos dicho, con antelación al matrimonio, pero solo tendrán una validez de un año, por lo que el matrimonio deberá celebrarse dentro de ese año para que el contrato tenga validez. Aunque en otros países, como en Estados Unidos, este tipo de acuerdos suelen ser muy frecuentes, no lo son tanto en España, salvo que se quiera cambiar el Régimen Económico Matrimonial que se establezca por Ley. En otros países se suelen incorporar cláusulas que compensen económicamente a uno de los cónyuge según el tiempo que dure el matrimonio, los hijos del mismo, etc. Pero en España este tipo de acuerdos no suelen darse. Solo se establece la separación de bienes n...


  • ¿Qué régimen patrimonial debo elegir si me caso?

    En el momento que una pareja va a contraer matrimonio, además de adquirir una serie de derechos y obligaciones personales, surge la duda sobre la repartición de los bienes patrimoniales. Los regímenes matrimoniales que se establen en el Código Civil español,  son los siguientes: – Régimen de sociedad de gananciales. Al contraer matrimonio, se forma una comunidad de bienes formada por los llamados bienes gananciales que, en caso de que se disuelva el matrimonio, deberá ser repartida entre los cónyuges. – Régimen de separación de bienes. – Régimen de participación Régimen de sociedad de gananciales Después de contraer matrimonio se hacen comunes los bienes obtenidos por cada uno de ellos; si la sociedad de gananciales se disuelve, se repartirá a partes iguales entre cada uno de los cónyuges. En este sistema conviven tres patrimonios: los bienes privativos de la esposa, los bienes privativos del marido y los bienes gananciales. Se consideran bienes gananciales: – Bienes obtenidos por el trabajo de cualquiera de los cónyuges. – Frutos y rentas que produzcan,  ya sean los bie...


Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *