

Aunque hay que tener en cuenta que ninguna de los dos, ni preferentes, ni subordinadas, están garantizadas por el Fondo de Garantía de Depósitos, es decir quien se encarga de garantizar los depósitos, ya sean en forma de valores o dinero.
Qué son las participaciones preferentes
Las participaciones preferentes son valores que se emiten por una sociedad, los cuales no confieren participación en el capital ni derecho a voto; tienen un carácter perpetuo y además su rentabilidad suele ser de carácter variable, por lo que no está garantizada.
Aunque la remuneración de las participaciones preferentes suele ser fija el primer año, a partir del segundo año se suele tomar como referencia el Euribor mas un diferencial, por lo que la remuneración está condicionada a que se obtengan suficientes beneficios, por parte de la entidad emisora.
Las participaciones preferentes son productos financieros que tienen riesgo y hay que tener ciertos conocimientos financieros para poder utilizarlas con seguridad.


Como sin duda conocéis con las preferentes en España se ha perjudicado a mucha gente a la que mediante engaños se les hizo firmar sin que tuvieran plena consciencia de lo que estaban contratando.
Si has sido uno de los afectados, para poder recuperar su dinero sin duda lo mejor es recurrir a un especialista, un Abogado Participaciones Preferentes que nos ayudará a solucionar este problema.
Según donde vivamos lo ideal es que busquemos a un abogado de nuestra misma localidad para poder acudir a él y que nos oriente en las acciones a seguir, por ejemplo si residimos en Cáceres podemos acudir a Abogado en Cáceres para que nos oriente y nos asesore.
Qué es la deuda subordinada
La deuda subordinada son valores de renta fija con rendimiento explícito, donde el cobro de los intereses estará condicionado a la existencia de un determinado nivel de beneficios.
En caso de liquidación o quiebra de la entidad emisora, la deuda se coloca por detrás de los acreedores ordinarios, por lo que el reembolso de estos bonos subordinados se realiza cuando ya se han satisfecho las deudas ordinarias.


Diferencias entre preferentes y subordinadas
Las principales diferencias entre la deuda subordinada y las participaciones preferentes son:
- Las participaciones preferentes son de carácter perpetuo, en cambio la deuda subordinada posee un fecha de vencimiento, aunque en ningún caso están garantizadas por el Fondo de Garantía de Depósitos
- Si la entidad entrara en quiebra, el orden de preferencia en el cobro entre ambas, es que las obligaciones subordinadas cobrarían bastante antes que las preferentes.
- La deuda subordinada tiene un menor riesgo que los que posean participaciones preferentes, ya que estos serían los últimos en cobrar, en caso de liquidación de una entidad; en cambio, las personas que posean obligaciones subordinadas se sitúan en un lugar intermedio, cobrando después de los titulares de depósitos.
- En ocasiones, la entidad con dificultades de solvencia o de pérdidas, puede llegar a suspender el pago de las participaciones preferentes, por lo que éstas suponen un gran riesgo.