El cambio social de los últimos años se ha ido notando también en las aulas. La transformación ha sido profunda y, en algunos aspectos positiva, pues ahora los niños no sufren humillaciones por parte de sus profesores ni maltratos físicos. Sin embargo, parecen que la situación ha cambiado para mal en cuanto a los profesores, que han sido objeto de ofensas por parte de sus alumnos y desprecios por parte de los padres de estos.


¿Cuáles son los principales derechos de los profesores?
Partiendo de esta base, vamos a concretar los derechos con los que cuentan los profesores a la hora de enfrentarse a un hermoso y a la vez duro trabajo: enseñar y proporcionar valores a nuestra juventud.
Según la Ley Orgánica 2/2006 del 3 de mayo se reconocen los siguientes derechos a nuestros docentes en el marco de la educación y el desempeño de su actividad profesional:
Tienen derechos a que se respete su persona y la función que ejercen, de esta forma, las acciones que violen este derecho serán sancionadas
Deben disfrutar de autonomía a la hora de tomar decisiones para mantener el clima apropiado de sus clases.
También a que su actividad docente se desarrolle dentro de un ambiente natural, disciplinado y de respeto a sus derechos, principalmente en lo referente a su derecho a la integridad física y moral.
Puede ponerse en contacto con los padres o tutores de sus alumnos para tratar el progreso escolar de los mismos y la convivencia en el aula.


Se deben valorar su competencia y trabajo y respetar las indicaciones que señale en cuanto al ámbito académico, esto último siguiendo las directrices y reglas que el centro tenga establecido.
Por descontado, deben recibir la colaboración necesaria por parte de la comunidad educativa para salvaguardar un ambiente apropiado en la convivencia escolar.
Además, los profesores deben ser escuchados por la autoridad del centro donde trabajen en cuanto a indicaciones y sugerencias respeto a la convivencia del centro.
En relación a esto último, pueden participar en la elaboración de las normas de convivencia del centro, tanto de forma directa como por medio de sus representantes en los órganos colegiados.
Y si forman parte del equipo directivo del centro tienen derecho a ejercer las competencias que, en el marco de la convivencia escolar, les sean atribuidas.