Condiciones específicas del Derecho de Admisión

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Condiciones específicas del Derecho de Admisión

El derecho de admisión muchas veces da lugar a controversias debidas al desconocimiento de las condiciones para aplicar el derecho de admisión. En este artículo te las vamos a explicar.

Lo primero que hay que saber es que el derecho de admisión es la facultad que poseen todos los consumidores  para ser admitidos, con carácter general y en las mismas condiciones objetivas, en todos los establecimientos públicos que se dediquen a la celebración de espectáculos públicos y al desarrollo de actividades recreativas, siempre que el aforo lo permita y no estén presentes  causas de exclusión.

Condiciones específicas del Derecho de Admisión

¿Cuándo se puede aplicar el derecho de admisión?

El local debe de reunir las correspondientes medidas de seguridad y puede poseer medidas específicas para aplicar el derecho de admisión, que se  rigen para estos locales cuando concurre alguna de las siguientes circunstancias:

  • Aforo completo.
  • Superación del horario de cierre.
  • No tener la edad mínima requerida.
  • Impago de la entrada cuando sea obligatoria.
  • Personas que no reúnen las condiciones específicas establecidas por el titular del establecimiento.
  • Personas con actitudes violentas o que provoque altercados.
  • Personas que lleven  armas de cualquier clase, excepto miembros de las FCS y escoltas privados.
  • Personas con ropa o símbolos que inciten a la violencia, el racismo o la xenofobia.
  • Personas que originen situaciones de riesgo o molestias a otros asistentes, personas que hayan consumido drogas y se encuentren embriagados..

Condiciones específicas de admisión

Las condiciones específicas de admisión: Son las que, con aprobación expresa de la Administración competente, generalmente el Ayuntamiento, se establezcan por el organizador del evento sin distinción entre todos los usuarios. Éstas condiciones pueden referirse:

  • No portar la indumentaria y calzado exigidos.
  • Personas acompañadas de animales, excepto perros guía.
  • Vulnerar la prohibición de fumar debidamente publicitada.
  • Vulnerar la prohibición de consumir bebidas o comidas traídas del exterior, debidamente publicitada.
  • Impedir el uso de cámaras de fotos.
  • Impedir el acceso a menores 18 años en discotecas o salas de fiesta.

Condiciones específicas del derecho de admisión en los locales de hostelería y ocio

Específicamente en los establecimientos de hostelería y ocio:

  • Las que impidan el acceso de personas que lleven comida o bebida  para consumir en el interior
  • Las que exijan la consumición de los servicios prestados por el establecimiento para el uso de las instalaciones.

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gema

Equipo editorial de Cosaslegales.es.