Para estos últimos casos la ley ha sido más previsora y resulta más fácil controlarlos, pero si se trata de ruidos domésticos la solución es más compleja, hasta tal punto que, a menudo, nuestro mismo abogado nos recomiende cambiar de domicilio y mientras tanto al menos aislar acústicamente nuestra vivienda con el gasto que eso conlleva
Qué hacer cuando tenemos vecinos ruidosos
El primer paso que debe darse es poner el caso en conocimiento del presidente de la Comunidad de Vecinos para que dé un toque de aviso a esos vecinos que están molestando. Lo ideal sería solucionar el problema por medio del diálogo, por eso debe ser nuestra primera alternativa.
Lo siguiente es presentar una denuncia en el Ayuntamiento ya que el Alcalde, por decreto, puede incluso enviar en última instancia a las fuerzas de seguridad local para solucionar el problema. Si no se soluciona por esta Vía Administrativa habrá que recurrir a lo Contencioso-Administrativo e incluso reclamar al Ayuntamiento una compensación por perjuicios de acuerdo a la responsabilidad patrimonial de la Administración Pública.
La Vía Penal es un recurso ya para casos extremos cuando los ruidos ocasionan riesgo de grave perjuicio para la salud de las personas según la Constitución Española (CE), Art.45. El Art. 325 del Código Penal establece penas de 6 meses a 4 años de cárcel para los infractores.
Otros recursos serían acudir al Tribunal Constitucional, agotadas todas las vías anteriores, al amparo del Art. 18 de la CE que recoge el derecho a la intimidad y la inviolavilidad del domicilio; o acudir al Defensor del Pueblo. Hay que tener en cuenta que el ruido puede ser muy perjudicial para la salud y que el oído humano puede tolerar hasta 53 decibelios por lo que es importante tomar todas las medidas anteriores para evitar problemas.