

Cómo reformar la Constitución
Dos son los caminos para reformar la Constitución, ambos recogidos en el título 10 de la misma. La elección de uno u otro depende de la materia que se quiera reformar.
Procedimiento de reforma ordinaria de la Constitución
En el más sencillo, el referéndum es opcional y debe ser solicitado expresamente mientras que en la segunda, la consulta a los ciudadanos es estrictamente obligatoria.
Para hacerlo por la vía rápida, según describe el artículo 167 de la Constitución, serían necesarios los votos a favor de los 3/5 del total de diputados y senadores (a día de hoy hay 350 diputados y 156 senadores). En el caso de que un 10% del Congreso o el Senado lo solicitaran de forma expresa, 15 días después de su aprobación, se convocaría un referéndum. Si esto no sucediese, la reforma ya se entiende aprobada.
Si no se alcanzasen los 3/5 previstos, se formaría una comisión paritaria compuesta por diputados y senadores y se presentaría un nuevo texto al pleno de ambas Cámaras. Como la reforma constitucional sólo incluye el límite del déficit, puede aprobarse sin necesidad de consultar al conjunto de los españoles.
Procedimiento agravado de reforma de la Constitución
Sin embargo, si la reforma constitucional afectase a las Instituciones Básicas del Estado, los derechos fundamentales o la Corona, el procedimiento de aprobación no sería tan sencillo y rápido, según contempla el artículo 168 de la Carta Magna.
En este caso, las Cámaras no solo deberán alcanzar los 2/3 a favor de la propuesta, sino que además, estas últimas deberán disolverse y ser convocadas unas nuevas elecciones. Si las nuevas cortes, decidieran ratificar el texto, deberá someterse inmediatamente a un referéndum obligatorio. Además, al abordar la reforma de la Constitución deben consultar al Consejo de Estado sobre los artículos que quieren cambiar.
Esta reforma, que ya ha iniciado su trámite para ser aprobada, no será la primera que se realiza. Ya en 1992 se recogió el derecho de los ciudadanos europeos extranjeros a votar en las elecciones municipales del país donde residen. La modificación, también efectuada por la vía simple, solo se añadió la fórmula “y pasivo” al artículo 13.2 de la Constitución referido al derecho de sufragio. Esta fue una exigencia del Tratado de Maastricht aprobado por la Unión Europea en ese mismo año, en el cual se recogía el derecho de todos los ciudadanos europeos a “elegir y ser elegidos” en los comicios municipales.
¿Cuántas reformas ha tenido la Constitución española?
Hasta la fecha dos han sido las reformas que se han llevado a cabo de la Constitución, ambas mediante el procedimiento ordinario.
La primera en 1992, por exigencias del Tratado de Maastrich por el que se modificó el artículo 13.2 para permitir el derecho al voto en las elecciones municipales a los extranjeros.
La segunda fue en el año 2011 y se modificó el artículo 135 para incluir el concepto de "estabilidad presupuestaria" dentro del contexto de la crisis económica del año 2008.
¿Y tú?, ¿crees que se deberían modificar algunos de los muchos artículos de la Constitución española?, ¿qué aspectos cambiarías?, ¿crees que la Carta Magna está correctamente planteada?, comparte tu experiencia en este espacio enviándonos un comentario al final de este artículo.