Requisitos legales que deben cumplir los nombres en España
En la actualidad hay mucha libertad a la hora de elegir el nombre que se le va a poner a un niño. Sólo hay unas pocas limitaciones que son las que te indicamos a continuación:- No pueden ponerse más de dos nombres simples o uno compuesto
- En el caso de poner 2 nombres deben ir separados mediante un guión.
- El nombre no puede ser humillante, insultante etc.
- Están prohibidos los nombres que sean confusos o que puedan inducir a equivocaciones sobre el sexo.
- Dos hermanos no pueden tener el mismo nombre.
- Si se trata de nombres propios con otro sistema de escritura, como puede ser el chino, el árabe u otros idiomas, debes ser adaptados con su equivalencia fonética.
Quién puede cambiarse el nombre
Según la legislación española, para poder cambiarse legalmente el nombre hay que estar dentro de uno de estos casos:- Que el nombre no cumpla con alguno de los requisitos establecidos legalmente y que hemos explicado en el apartado anterior
- Usar habitualmente un nombre distinto del que figura legalmente inscrito en la partida de nacimiento (y debes poder demostrarlo).
- Que tu nombre sea una traducción de uno extranjero.
- Que sea una traducción adaptación fonética o gráfica de las lenguas españolas.
- Cuando sea debido a un cambio de sexo.
Trámites para cambiarse el nombre
Si después de leer lo anterior piensas que cumples los requisitos legales para cambiarte el nombre estos son los trámites necesarios:- La solicitud puede presentarla cualquier persona que sea mayor de edad
- Si el interesado es un menor o un discapacitado, la solicitud debe presentarla su representante legal
- La solicitud hay que hacerla ante el Registro Civil donde conste la inscripción de nacimiento del interesado, aunque puede presentarse en el Registro Civil donde resida y ellos se la remitirán a la ofician correspondiente
- El trámite puede ser hecho de forma presencial o por correo
- Se deben aportar las pruebas correspondientes como un documento que acredite el uso de otro nombre habitual, la partida de bautismo, declaraciones de testigos o certificados de la Real Academia de la Lengua
- Si el trámite se hace por correo, la documentación debe enviarse por correo certificado
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