Si tienes derecho a la cobertura sanitaria, no sólo puedes acceder a los centros concertados en ella, sino que puedes acudir a cualquier ambulatorio u hospital del territorio nacional, sin importar donde te encuentres.


Asistencia sanitaria de la Seguridad Social
En primer lugar, para saber cómo conseguir acceder a la asistencia sanitaria de la Seguridad Social, has de tener en cuenta los siguientes puntos fundamentales:
La asistencia sanitaria de la Seguridad Social tiene por objeto prestar los servicios médicos y farmacéuticos necesarios para conservar y restablecer la salud de sus beneficiarios y de su aptitud para el trabajo.
Asegurados
Se consideran asegurados, las personas que se encuentren en alguno de los siguientes casos:
- Ser trabajador por cuenta ajena o propia, afiliados y en situación asimilada a la de alta.
- Ser pensionista de la Seguridad Social.
- Ser menor de edad bajo tutela administrativa.
- Percibir cualquier otra prestación periódica de la Seguridad Social, como el subsidio por desempleo.
- Haber agotado el subsidio por desempleo u otras prestaciones de similar naturaleza, y encontrarse en situación de desempleo, no acreditando la condición de asegurado por cualquier otro título y residir en España.
- Los que hayan suscrito un convenio especial
- Aquellos que no se encuentren en ninguna de las situaciones descritas anteriormente, que no tengan la cobertura obligatoria y residan en España
Beneficiarios
Tendrán la condición de beneficiarios:
- Ser cónyuge, pareja de hecho o hermano del asegurado..
- Ser ex cónyuge o separado judicialmente, a cargo del asegurado al tener derecho a percibir pensión compensatoria.
- Ser descendiente del asegurado o de su cónyuge, aunque esté separado judicialmente; debe de ser menor de 26 años o si es mayor de esa edad, poseer discapacidad reconocida igual o superior al 65%.
Los beneficiarios para poder acceder a la prestación deben ser convivientes con el titular (salvo en el caso de los separados y divorciados), no deben tener derecho a la prestación por otra vía y no pueden percibir rentas superiores al doble del Indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM)
Por último, los extranjeros que no residan legalmente en España también tienen derecho a recibir asistencia sanitaria de la Seguridad Social, para ello deben dirigirse al Servicio de Salud de la Comunidad Autónoma en la que residan.
¿Qué os parece esta información para saber cómo conseguir asistencia sanitaria de la Seguridad Social?