¿Qué pasa si mi pareja incumple la pensión de alimentos?

¿Qué pasa si mi pareja incumple la pensión de alimentos? Esta es la pregunta que muchos nos hacemos cuando hemos tramitado el divorcio. Os informamos sobre lo que sucedería en estos supuestos.

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jueves, 19 octubre, 2017
¿Qué pasa si mi pareja incumple la pensión de alimentos?

La pensión de alimentos recoge todo lo que es indispensable para el correcto sustento de los hijos. Es decir, que no únicamente incluye la alimentación, sino que también tiene en cuenta la asistencia médica, el hogar, el vestido y la educación. Los padres tienen la obligación de cubrir estas necesidades al menos hasta la mayoría de edad de los hijos, y después si éste no ha finalizado su formación.

¿Quién fija la cuantía de la pensión de alimentos? Lo ideal sería que los padres llegaran a un acuerdo tras su separación o divorcio. Sin embargo, no siempre es posible. En estos casos será un juez quien determine cuál es la contribución que cada parte debe hacer para satisfacer las necesidades vitales de sus hijos. La cuantía se fija en función de los ingresos de ambos progenitores. Ésta puede llegar a modificarse si las rentas del progenitor custodio (con quien viven los hijos) aumentaran o disminuyeran.

Esto es lo que pasa si se incumple la pensión de alimentos

No obstante, ¿qué ocurre cuando uno de los padres no puede hacer frente a la pensión alimentaria? Por lo general, se aconseja que busque un abogado lo antes posible, de forma que el profesional inste una modificación de la cuantía establecida hasta el momento.

Las consecuencias que pueden derivarse del incumplimiento de lo pactado empiezan por permitir al beneficiario promover un procedimiento de ejecución y, con ello, embargar los bienes y derechos del progenitor deudor. Además, el impago puede ser entendido como un delito de abandono de familia, que aparece en el artículo 277 de nuestro Código Penal. ¿Podría ir a la cárcel? Ello depende mucho de la enorme diferencia que existe entre un no poder pagar o un no querer pagar. En el primer caso, tendrá que llevar documentos que respalden su situación económica. En cuanto al sueldo, pese a que existe una ley que indica que sólo se puede embargar el equivalente que exceda del salario mínimo interprofesional, en el caso del incumplimiento de la pensión de alimentos esto se queda a un margen y no hay ningún límite.

¿Y qué pasa si no hemos acudido a un juez o no habíamos fijado una cuantía? El hecho de que no esté señalada la cantidad no libera  a ninguno de los padres de su obligación de cubrir las necesidades de sus hijos. Con esto, el progenitor custodio también debe hacer una aportación proporcional, aunque no esté indicada debido a lo absurdo que es que se pague a sí mismo para dar de comer a sus hijos.

Otra cuestión que solemos tener en estos casos es si se puede solicitar la pensión de alimentos para los hijos incluso cuando los padres no están casados. La respuesta es sí, pero en estos casos sí se recomienda que se encauce el proceso por la vía judicial, porque al no haber estado casados el beneficiario no podría exigir la ejecución de las medidas que se hayan acordado.

¿Qué os parece esta información sobre las consecuencias que tendría incumplir con la pensión de alimentos?

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