

¿Qué es el apud acta?
El apud acta se podría definir como ese acto jurídico completamente documentado, que se formalizará ante el Letrado de la Administración de Justicia, por medio del cual se otorga al procurador la autoridad suficiente como para poder representar a una persona determinada en un procedimiento judicial.
Este apoderamiento está pensado para los procuradores, más que para los abogados. No olvidemos que ambas figuras son diferentes, sobre todo en lo que respecta a sus funciones profesionales. Así, mientras los abogados se encargan de asesorar y defender a su cliente, el procurador únicamente lo representa.
La figura del procurador no es necesaria en todos los juicios. Por ejemplo, en los de tipo verbal, donde la cuantía suele ser inferior a los 2000 euros, así como en los juicios moratorios.
Delimitada esta diferencia, hay que especificar, según estipula el propio Ministerio de Justicia, que el apoderamiento apud acta se concede de forma totalmente gratuita y puede obtenerse por comparecencia ante el Letrado de la Administración de Justicia perteneciente a cualquier oficina judicial o mediante la Sede Judicial Electrónica.
Desde el punto de vista normativo, será el artículo 453.3 de LOPJ el que otorgue esa potestad exclusiva y con plenitud a los Letrados, autorizando y documentando la concesión de tales poderes para pleitos, siguiendo en todo momento los términos establecidos por las Leyes Procesales.
Si nos centramos en el ámbito de lo Civil, el artículo 24 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, reformada a su vez por la Ley 42/2015, determina que la parte podrá ofrecer su representación al procurador mediante poder, el cual deberá de estar autorizado por Notario o conferido apud acta por comparecencia ante cualquier Letrado de la oficina judicial. En el caso del ámbito penal, será el artículo 530 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal el que obligue al encausado en libertad provisional, con o sin fianza, a establecer por medio de apud acta la obligación de tener que comparecer todos los días señalados y cuantas veces fuera llamado ante el Juez o Tribunal que lleve su caso.
Hoy en día, en aras de regular las comparecencias del apud acta, los Letrados de la Administración de Justicia de cada provincia y los que sean propios de los Tribunales Superiores de Justicia, están llevando a cabo protocolos de coordinación para la puesta en marcha de dichas comparecencias.
Beneficios e Inconvenientes del apud acta
De entre los beneficios del apoderamiento apud acta habría que destacar los siguientes:
-En el caso de que el juzgado donde se va a llevar a cabo un procedimiento judicial determinado sea diferente su población a la de su residencia, cabe la posibilidad de acudir al juzgado más cercano indicando los datos necesarios de identificación.
-Como decíamos en líneas anteriores, se trata de un proceso totalmente gratuito, a diferencia de lo que sucede, por ejemplo, con el poder notarial, asociado a una serie de costes por parte del notario en cuestión.
-En la actualidad es posible realizar un apud acta de manera completamente online, con todas las ventajas de comodidad asociadas a esta forma de tramitación, que más tarde desarrollaremos.
En cuanto a los inconvenientes de este apoderamiento judicial, podemos destacar los siguientes:
-A pesar del poder otorgado a los procesadores, lo cierto es que deben limitarse a las instrucciones definidas por los propios abogados, en aras de velar en todo momento por los intereses del cliente.
-A diferencia de lo que sucede con el poder notarial, donde se tiene conocimiento de cuáles son las facultades específicas otorgadas al procurador, en el caso del apud acta no hay control ni información alguna de cuáles son los límites de dicho poder.


Tipos de apud acta
Dentro de los archivos electrónicos, desde donde se puede tramitar este apoderamiento, existen diferentes tipos de apud acta a tener en cuenta:
- Un poder para que el apoderado pueda trabajar en nombre del poderdante, solamente para determinadas clases de procedimientos.
- Un poder especial para que el apoderado pueda actuar en nombre del poderdante para un procedimiento concreto.
- Y un poder más general para que el apoderado pueda trabajar en nombre del poderdante para cualquier tipo de actuación judicial.
Los apoderamientos inscritos tendrán una validez de cinco años a contar desde la fecha de inscripción. No obstante, hay que tener en cuenta que el poderdante podrá en todo momento prorrogar o revocar el poder cuando lo estime oportuno. Dichas prórrogas también tendrán una validez de 5 años.
Todas las solicitudes relacionadas con la revocación, denuncia o prórroga podrán dirigirse a cualquier archivo, quedando en todo momento reflejada por escrito tal circunstancia ante el que tenga efectos de poder.
¿Cómo tramitar el apoderamiento apud acta?
Para tramitar el apud acta se dispone de dos vías:
-De manera presencial, dirigiéndose personalmente al Secretario Judicial, sin la necesidad de que el procurador acuda al otorgamiento en cuestión. Esta presentación debe de realizarse el mismo día en que vaya a actuar en representación del cliente ante un juzgado.
No obstante, si se precisa obtener tal otorgamiento con mayor antelación, sería aconsejable acudir al decanato de los juzgados, pues si acudes directamente a la Administración de Justicia, no será posible tal antelación. Por esta vía, podrás adjudicar derechos de representación legal a un representante.
-Otra alternativa es por medio de la Sede Judicial Electrónica. Y, es que la Administración estatal ha habilitado un sistema electrónico para agilizar el trámite y ganar en comodidad. Los pasos a seguir para optar por esta vía son los siguientes:
1) Lo primero que se debe de hacer es acceder a la web de la Sede Judicial Electrónica y en la esquina superior derecha de la pantalla hacer clic en la opción “cl@ve”.
2) Una vez hecho esto, deberás de seleccionar el método de identificación que prefieres para entrar. Puedes llevarlo a cabo con el DNIe o por medio del Certificado Electrónico. Efectuado esto último, pulsa en “acceder”.
Se te abrirá una nueva pantalla donde deberás acudir a la opción “Apoderamiento Apud Acta”, elegir “nuevo” y, finalmente, la alternativa “En calidad de Poderdante”.
3) Cuando llegues a este punto deberás de rellenar un formulario con todos los datos de apoderamiento. Tendrás que completar los datos del procurador y los datos del abogado.
4) A continuación deberás de seleccionar el tipo de apoderamiento que desees tramitar. Si acudes a la opción “Para cualquier actuación judicial”, en el apartado “Facultades” deberás de elegir la opción “Poder general para pleitos” y pulsar en “siguiente”.
5) Acto seguido, deberás de enviar el apoderamiento apud acta. No te preocupes por la fecha de vigencia, dado que se rellenará de forma automática con la fecha máxima de duración que son 5 años, tal y como dijimos anteriormente.
6) Finalmente llegarás a la pantalla en la que deberás de firmar el apud acta y podrás descargar el certificado de registro.
7) Para concluir, es preciso que subas tu certificado de registro a tu área privada.
Para que esta explicación sea un poco más ilustrativa, os dejamos con el siguiente vídeo aclarativo:
¿Por qué vía habéis optado para tramitar el apoderamiento apud acta? ¡Os leemos en comentarios!