

A cambio, los clientes de las entidades que ofrecen estos créditos rápidos se comprometen a devolverlos en el plazo estipulado. Y, la mayoría de veces, se someten a unos intereses excesivamente altos y a otro tipo de cláusulas que podrían llegar a considerarse abusivas.
Los créditos rápidos y la usura
Cuando alguien solicita un crédito rápido, no es habitual que repare demasiado en los detalles del contrato. Habitualmente, una petición de este tipo suele ir asociada a una necesidad económica urgente. Por lo tanto, las opciones para el cliente no son demasiadas, y las entidades lo saben.
Aun así, Iván Metola, CEO de indemniza.me, hace hincapié en la necesidad de “analizar minuciosamente las condiciones del préstamo, concretamente el tipo de interés y el TAE”. Y es que es bastante frecuente que este sea demasiado elevado, e incluso que se sitúe fuera de la ley.
En este sentido, Metola recuerda que el Tribunal Supremo ya ha establecido que cuando el tipo de interés de estos préstamos sea, al menos, el doble del precio considerado como normal, podrá ser considerado usura. Siempre y cuando la entidad financiera no acredite la existencia de circunstancias excepcionales que lo justifiquen.
Pero, aparte del precio del préstamo, existen otro tipo de cláusulas que pueden llegar a considerarse abusivas por los tribunales. Sobre todo, porque son las causantes de que muchos de los usuarios de estos productos financieros vean incrementada su deuda mes tras mes, no llegando nunca a poder saldarla del todo.
Estas cláusulas, según señala Iván Metola, provocan situaciones como las siguientes, que se convierten en auténticos quebraderos de cabeza para los clientes:
- “Los intereses devengados mensualmente se capitalizan, generándose así nuevos intereses".
- Los gastos y comisiones igualmente generan nuevos intereses.
- El banco se reserva el derecho de modificar las condiciones en cualquier momento.
- La entidad eleva el tipo de interés pactado.”
El procedimiento de reclamación
Cuando el cliente toma conciencia del abuso al que está siendo sometido, la mayoría de veces se plantea la opción de reclamar. Para ello, Metola recomienda encarecidamente “acudir a profesionales expertos”.
Un abogado especialista en este tipo de casos será capaz de “analizar uno a uno todos los acuerdos alcanzados entre cliente y entidad, para determinar si verdaderamente se trata de un crédito abusivo”.
En muchos de los casos que han gestionado, Metola y su equipo han detectado cláusulas claramente perjudiciales para el solicitante. Afortunadamente, “la jurisprudencia se ha volcado a favor del cliente en este tipo de contratos, de modo que es relativamente sencillo conseguir anular la deuda y recuperar las cantidades que se hayan pagado y que excedan del capital prestado”.