La legítima es la parte de la herencia de la que el causante, o fallecido, no puedo disponer libremente. Esta parte de la herencia está reservada para sus herederos legítimos, es decir, aquellos que están unidos a él por un grado de sanguinidad.


Estos bienes suponen un tercio del patrimonio que el testador deja a sus herederos forzosos, además dispondrá de otro tercio que sí podrá designar para mejorar la herencia de alguno o algunos de sus herederos forzosos. Por último, está el tercio de libre disposición que el testador puede otorgar a quien considere oportuno.
Los herederos forzosos son, en primer lugar, los hijos y los descendientes de éstos en el caso de que fallezcan los padres o abuelos.
Si no existen descendientes, los herederos forzosos serán los ascendientes, es decir si muere un hijo sin descendencia heredarán los padres.
Los viudos o viudas también son herederos forzosos, pero su forma de heredar se regulará expresamente según el Código Civil.
En el caso de no existir ascendientes o descendientes, heredarán el viudo o la viuda en primer lugar. De no existir cónyuge vivo, heredarán los hermanos y sus descendientes en la línea colateral de sanguinidad.
La herencia legítima se produce solo en los casos en que el fallecido no ha hecho testamento o éste se ha declarado nulo o se ha invalidado con posterioridad por algún motivo legal. También cuando no existe heredero determinado o este último renuncia a su herencia.
Conocer los derechos a la hora de distribuir la herencia es muy importante de cara a concienciar a la gente a hacer testamento, sobre todo en los casos en que existen conflictos familiares o se quiere proteger a algún miembro de la familia en especial.
que tramites debo seguir para mejorar la herencia de uno de mis hijos?