

Para que tome las decisiones médicas en nombre del paciente, en caso de que éste no pueda tomarlas, se nombra un apoderado para asuntos médicos. Generalmente, se nombra a alguien que se conoce bien y en quien se confía para que represente sus preferencias cuando el paciente, ya no pueda hacerlo por sí mismo.
El paciente deberá pedir a esta persona su consentimiento para ser su representante; puede haber casos en los cuales un representante tenga que ejercer su propio juicio, para tomar una decisión médica, aun cuando no se conozcan los deseos del paciente.
Se distinguen: poder notarial permanente para asuntos médicos y poder notarial permanente para finanzas. El poder notarial permanente para asuntos médicos, es el documento legal mediante el cual se nombra al apoderado del paciente para tomar decisiones en asuntos médicos. Una vez redactado, este documento debe ser firmado y fechado ante testigos, y ante notario; además, debe ser fotocopiado a fin de distribuirlo e incorporarlo al expediente médico del paciente.
Es probable que el paciente quiera nombrar también a alguien que maneje sus asuntos financieros, en caso de que él no pueda hacerlo; a esto se le llama poder notarial permanente para finanzas y es un documento legal distinto del poder notarial permanente para asuntos médicos. El paciente puede escoger a la misma persona o a otra para que actúe como su apoderado para sus asuntos financieros.
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Buenos días, mi pregunta es si es posible saber si se ha utilizado si mi conocimiento un poder notarial que le di a mi suegro y en que casos fue utilizado. Gracias.
Buenos días, mi pregunta es si mi tío puede hacer un poder notarial para que yo le represente en la firma de aceptación de herencia de su esposa, fallecida, ya que él está hospitalizado ( no hay hijos).