Esta normativa entró en vigor el 1 de noviembre del año pasado y pretende conseguir que los trabajadores coticen el tiempo necesario para poder llegar a la nueva edad de jubilación, fijada en 67 años.


Esta medida es necesaria ya que la ampliación de la edad de jubilación y el retraso en la incorporación al mercado de trabajo hacen que, en muchos casos, no se pueda cumplir el periodo fijado para conseguir la jubilación por el importe completo.
Solo podrán acogerse a esta medida aquellos becarios que cuenten con un título universitario que estén o hayan realizado prácticas por las que hayan obtenido algún tipo de remuneración económica.
Aquellas personas que estén interesadas en computar en su cotización estos años de prácticas y cumplan los requisitos, deberán pagar 75€ por cada mes de trabajo que pretendan equiparar. Es decir, para computar esos dos años de cotización deberán pagar 1.800€ en total a la Seguridad Social. Para proceder a este pago se establece la opción de que el pago se pueda aplazar a cuatro años.
Esta opción de cotización no implica derecho a percibir prestación por desempleo por ese periodo, solo afecta de cara a la jubilación.
Todos aquellos que hayan realizado prácticas remuneradas en empresas tendrán derecho a que la empresa les facilite la documentación necesaria de cara a llevar a cabo este proceso. Si, por cualquier caso, la empresa se negara a dar la documentación al trabajador, este podrá reclamar ante la Seguridad Social que podrá enviar una Inspección de trabajo a la empresa en cuestión.
La medida es en cierto modo positiva ya que hasta ahora estas prácticas no contaban para nada en la vida laboral de los trabajadores.