Cómo solicitar el certificado de defunción

Por gema5 min de lectura
Actualizado el
Cómo solicitar el certificado de defunción

Cuando fallece un familiar, entre el dolor y el papeleo, el certificado de defunción es de los primeros documentos que te piden en todas partes: el banco, la notaría, la Seguridad Social, la compañía de seguros. Es el papel que acredita oficialmente el fallecimiento y, sin él, no puedes tramitar la herencia ni dar de baja nada a nombre de la persona. La buena noticia es que es gratuito y se pide en unos minutos. Aquí tienes cómo, dónde y —muy importante— qué tipo pedir para no tener que repetir el trámite.

Certificados de defunción junto a un tensiómetro y un estetoscopio médico

Qué es el certificado de defunción y para qué lo necesitas

Es el documento oficial, emitido por el Registro Civil, que acredita legalmente que una persona ha fallecido. Lo vas a necesitar prácticamente para todo lo que venga después: tramitar la herencia y aceptar los bienes, solicitar la pensión de viudedad u orfandad, cobrar un seguro de vida, cancelar las cuentas bancarias y dar de baja suministros, suscripciones, el abono de transporte o cualquier prestación que estuviera a nombre del fallecido. En la práctica, es la llave que abre todos esos trámites.

No lo confundas con el certificado médico

Son dos documentos distintos y es una confusión habitual. El certificado médico de defunción lo firma el médico que constata el fallecimiento, y sirve para inscribir la defunción en el Registro Civil; de ese primer paso suele encargarse la funeraria en las primeras horas. El certificado de defunción del Registro Civil es la certificación que tú solicitas después, una vez inscrita, y es el que te pedirán en el banco, la notaría o la Seguridad Social. Cuando en este artículo hablamos de «certificado de defunción», nos referimos a este segundo.

Qué tipo pedir: literal, extracto o negativo

No todos valen para lo mismo, y pedir el que no es obliga a volver a empezar:

  • Literal: es la copia íntegra del acta, el más completo. Es el que debes pedir para la herencia, el banco y la notaría, porque recoge todos los datos.
  • Extracto: un resumen de lo esencial. Puede ser ordinario, internacional o plurilingüe (pensado para usarlo en el extranjero sin necesidad de traducción) o bilingüe (para comunidades con lengua cooficial).
  • Negativo: acredita que un fallecimiento no consta inscrito en ese Registro, algo que a veces se necesita para determinadas gestiones.

Consejo práctico: ante la duda, pide el literal y, si prevés varios trámites a la vez (banco, notaría, seguros), solicita varias copias de golpe para no tener que repetir la gestión por cada entidad.

Profesional sanitario examinando un cadáver cubierto con una sábana en la morgue

Dónde y cómo solicitarlo (tres vías)

El certificado se pide en el Registro Civil donde se inscribió la defunción, y tienes tres caminos:

  • Por internet, en la sede electrónica del Ministerio de Justicia. Se puede con o sin certificado digital; con él, es la vía más rápida y cómoda.
  • Presencialmente, en el Registro Civil correspondiente, normalmente con cita previa.
  • Por correo postal, indicando los datos del fallecido y una dirección de envío.

En los tres casos el certificado es gratuito. Si alguien te ofrece «gestionarlo» por una tarifa, ten en cuenta que estás pagando por algo que puedes hacer tú mismo sin coste.

Cuánto tarda y quién puede pedirlo

La defunción se inscribe en el Registro en las primeras 24 a 72 horas tras el fallecimiento. Una vez inscrita, el certificado se obtiene en el momento si acudes presencialmente, o en unos días si lo pides online o por correo. En cuanto a quién puede solicitarlo, la regla general es amplia: puede pedirlo cualquier persona que lo necesite, salvo algunos supuestos concretos de publicidad restringida previstos por la ley.

Errores habituales que conviene evitar

Tres despistes hacen perder tiempo con este trámite tan sencillo. El primero, pedir el extracto cuando el banco o la notaría quieren el literal: comprueba siempre qué tipo te exigen antes de solicitarlo, porque devolverte a la cola es lo más frustrante. El segundo, pedir una sola copia y tener que repetir la gestión por cada entidad; si prevés moverte por varios sitios (banco, aseguradora, notaría), saca varias copias de golpe. Y el tercero, intentar solicitarlo antes de que la defunción esté inscrita: hasta que no transcurren esas primeras horas y el Registro Civil la anota, el certificado todavía no existe. Con estas tres cosas en mente, se resuelve en diez minutos.

Personal médico con mascarilla tomando notas junto a un cuerpo cubierto con una sábana

El siguiente paso: la herencia

Con el certificado de defunción en la mano, el siguiente documento que necesitas es el certificado de últimas voluntades, que te dirá si la persona dejó testamento y ante qué notario lo otorgó. Con ambos documentos ya puedes empezar a tramitar la herencia con garantías.

Solicitar el certificado de defunción es uno de los trámites más habituales ante el Registro Civil. Tienes el resto de gestiones en nuestra guía de trámites con la Administración.

Este contenido es informativo y no sustituye el asesoramiento personalizado. Para el trámite oficial, acude a la sede electrónica del Ministerio de Justicia o al Registro Civil.

Preguntas frecuentes

En el Registro Civil donde se inscribió la defunción. Puedes pedirlo por internet (sede electrónica del Ministerio de Justicia), presencialmente o por correo postal.

Es gratuito por cualquiera de las tres vías. Si alguien te cobra por gestionarlo, estás pagando por un trámite que puedes hacer tú sin coste.

La defunción se inscribe en 24-72 horas tras el fallecimiento. Una vez inscrita, el certificado se obtiene en el momento de forma presencial, o en unos días si lo pides online o por correo.

Para la herencia, el banco o la notaría, pide el literal (copia íntegra del acta). El extracto es un resumen y el negativo acredita que un fallecimiento no está inscrito.

El acta es la inscripción en el libro del Registro Civil; el certificado es la certificación oficial de esa acta. El certificado literal es precisamente la copia del acta.

Como regla general, cualquier persona que lo necesite, salvo algunos supuestos concretos de publicidad restringida.

Para tramitar la herencia, solicitar la pensión de viudedad, cobrar seguros de vida, cancelar cuentas bancarias y dar de baja suministros o prestaciones a nombre del fallecido.

No. El médico firma el certificado médico para inscribir la defunción; el del Registro Civil es la certificación que solicitas después y la que piden banco, notaría o Seguridad Social.

Artículos relacionados

Escrito por
gema

Equipo editorial de Cosaslegales.es.